El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional del Poder Judicial declaró infundado este miércoles 10 de julio la solicitud para sancionar realizada por el fiscal José Domingo Pérez contra Giulliana Loza y Humberto Abanto, abogados de Keiko Fujimori y Jaime Yoshiyama, respectivamente, por supuestos gestos obscenos realizados durante la sesión del último martes.
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“Los gestos expresados en dicha audiencia es un tema interpretativo. En consecuencia, considera que no corresponde, dado lo que se ha expresado y lo que se ha visualizado, se imponga algún tipo de sanción a dichos abogados”, indicó la jueza Juana Caballero.
“Se declara infundado el pedido”, replicó.
Tras ello, el fiscal José Domingo Pérez presentó un recurso de reposición o reconsideración. “La inconducta que han manifestado abogados en la audiencia y lo considerado respecto a esa conducta no puede tener alcance en la Fiscalía. El Ministerio Público desde el inicio de la instalación de esta audiencia ha actuado de acuerdo a sus deberes”, dijo.
José Domingo Pérez denunció en la víspera a los abogados Giulliana Loza y Humberto Abanto, por “realizar gestos obscenos y homofóbicos”, los cuales -dijo- constituyen una falta de respeto hacia la sociedad agraviada por el delito, hacia el tribunal y el público.
AUDIENCIA
El fiscal José Domingo Pérez se presentó a la audiencia judicial en el cuarto día del juicio oral del Caso Cocteles. Sustentó los cargos presentados contra la excandidata presidencial, a quien le atribuyó delitos como lavado de activos, organización criminal, obstrucción a la justicia y falsedad genérica.
Domingo Pérez pide 30 años y 10 meses de prisión contra Fujimori Higuchi, su inhabilitación política por el plazo de 15 años y el pago de 730 días de multa.
Asimismo, las penas que solicita para “la red criminal” son por el mismo tiempo, es decir, 30 años y 10 meses. Allí están comprendidos Vicente Silva Checa, Pier Figari, Jaime Yoshiyama, Ana Herz, José Chlimper y Adriana Tarazona.
Respecto a otros acusados como Mark Vito, exesposo de Keiko, se pidió 20 años de prisión. Para Carmela Paucará, 22 de años y 6 meses y para Augusto Bedoya, 22 años y 8 meses.
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