El Ministerio Público indicó que a la fecha, el acuerdo de colaboración eficaz entre el equipo especial Lava Jato y los hermanos José y Hernando Graña no ha sido rechazado por el Poder Judicial, y será evaluado por un juzgado.
La Segunda y la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declararon nula la resolución emitida por el juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Jhon Bernardino Pillaca Valdez, en razón de que había incurrido en inobservancia del debido procedimiento, al no seguir los lineamientos del proceso especial de colaboración eficaz.
Según indicaron, el juez Pillaca se basó en cuestiones de forma a fin de desaprobar los acuerdos, no analizando temas de fondo, como los hechos objeto de delación ni las corroboraciones realizadas.
Una de las salas de apelaciones exhortó al magistrado a poner mayor diligencia en el desempeño de sus funciones. En ese sentido, no es preciso decir que el acuerdo de colaboración eficaz ha sido rechazado, pues deberá ser evaluado por el Poder Judicial.
Según el convenio, Aenza reconoce que la antigua empresa Graña y Montero junto a sus dos subsidiarias GyM y CONCAR, así como parte de sus exejecutivos, cometieron delitos de corrupción en 16 proyectos de infraestructura.
Entre estos se encuentran el Gasoducto Sur Peruano, la Carretera IIRSA Norte, la Vía Expresa Sur de Lima, la Línea 1 del Metro de Lima y la Carretera IIRSA Sur en sus tramos 2 y 3.
En el acuerdo también se reconoce que dichas compañías participaron en los procesos de selección o concursos públicos de 48 obras, para dar la apariencia de competencia en el esquema del denominado ‘Club de la Construcción’.
Mediante el acuerdo, Aenza se compromete a pagar al Estado peruano, hasta el momento, alrededor de S/ 480 millones de reparación civil por los daños ocasionados en los 16 proyectos y por participar en concursos públicos para dar la apariencia de competencia en las otras 48 obras.
El monto de la reparación civil fue calculado por la Procuraduría Ad Hoc para el Caso Lava Jato bajo las fórmulas y parámetros de la Ley 30737 y su reglamento. La cifra incluye intereses legales y será pagada en 12 años.