La Comisión de Constitución sesionó ayer por la mañana para evaluar el texto. (Foto: GEC)
La Comisión de Constitución sesionó ayer por la mañana para evaluar el texto. (Foto: GEC)

La Comisión de Constitución aprobó incorporar el delito de lesa humanidad al Código Penal.

La decisión se adoptó con 16 votos a favor, cuatro en contra y tres abstenciones.

Para que la iniciativa sea efectiva, el texto tendrá que ser aprobado en el Pleno.

La Comisión de Constitución aprobó la iniciativa que presentó Fernando Rospigliosi.
(Foto: Congreso)
La Comisión de Constitución aprobó la iniciativa que presentó Fernando Rospigliosi. (Foto: Congreso)

DETALLES

La iniciativa fue presentada por el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, como parte de una exhortación del Tribunal Constitucional (TC) hacia el Poder Legislativo para que se determine qué es el delito de lesa humanidad.

De acuerdo con el predictamen, el delito de lesa humanidad se describe de la siguiente manera: “Toda persona que realiza, como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una determinada población civil, con intención y conocimiento de dicho ataque, los delitos de homicidio calificado, trata de personas, secuestro, violación sexual, desaparición forzada y tortura del Código Penal es reprimido con pena privativa de libertad no menor de treinta años a cadena perpetua”.

El texto todavía debe pasar por el Pleno del Congreso. (Foto: Mario Zapata/GEC)
El texto todavía debe pasar por el Pleno del Congreso. (Foto: Mario Zapata/GEC)

CONDICIONES

Para que el delito sea calificado como lesa humanidad, se deben cumplir ciertos elementos.

El primero es que el ataque sea generalizado, es decir, cuando se hace de manera masiva, múltiple, frecuente y a mayor escala contra un gran número de personas identificadas por temas de origen, raza, religión, cultura o de otro tipo.

“Ataque sistemático es la conducta planificada, mediante una logística previa, para promover ese ataque con aplicación metódica en la perpetración del delito, de conformidad con una política de gobierno, o de conformidad con los planes de una organización de grupos armados para cometer ese ataque”, se lee en la propuesta.

El segundo punto es que el ataque sea hacia un grupo humano que no es parte de un combate interno o externo, mientras que el tercero es que quien realiza el ataque, lo hace con conocimiento.