Un informe de la Comisión de Ética del Congreso declara como improcedente la denuncia presentada contra la legisladora Patricia Chirinos (Avanza País) por exhortar a vecinos del Callao a que voten a favor de Cluber Aliaga (candidato a gobernador regional) y Angélica Ríos (candidata al distrito de Ventanilla) en las Elecciones Municipales y Regionales 2022.

MIRA ESTO: Alejandro Salas: Denuncia por traición a la patria será usada como argumento ante la OEA

Según la denuncia, que fue presentada por los congresistas de Acción Popular y conocido por ser para de ‘Los Niños’ de Pedro Castillo, Elvis Vergara y Jorge Flores, el evento proselitista se habría dado el sábado 10 de setiembre del 2022, en la calle 24 del distrito de Ventanilla, tal como se visualiza en el video que adjuntaron.

“Según el Decreto Supremo N° 082-2022-PCM, se establece disposiciones sobre neutralidad de funcionarios y servidores públicos durante el periodo electoral 2022, en donde claramente establece las restricciones de poder participar en eventos proselitistas y en concordancia con el literal b) del artículo 346 de la Ley N° 26859 Ley Orgánica de Elecciones, establece que está prohibido a toda autoridad política o pública practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato”, alegaron en la denuncia.

¿Cuáles son los argumentos para la improcedencia de la denuncia?

Sin embargo, de acuerdo al informe de calificación que realizó la secretaria técnica de la Comisión de Ética se precisa que el hecho ocurrió el viernes 9 de setiembre “a partir de las 7:00 p.m, fuera del horario de funcionamiento del Congreso”.

“Conforme lo señala la Constitución Política del Perú, su artículo 92, la función del congresista es de tiempo completo, estando prohibido desempeñar cualquier cargo, profesión u oficio durante las horas de funcionamiento del Congreso. Siendo esto así, un parlamentario puede desarrollar actividades, como la política, que no le están prohibidas fuera del horario de funcionamiento del Congreso”, se destaca en el documento al que accedió Correo.

Asimismo, se detalla que, en ese horario, no se desarrollaron sesiones del Pleno, comisiones u otras actividades a las cuales pertenece Chirinos, por tanto, ha incumplido con las funciones propias del cargo de congresista, ni afectado el normal funcionamiento del Legislativo, ni tampoco vulnerado las prohibiciones establecidas en la Constitución y el Reglamento del Congreso

Finalmente, el informe consigna los antecedentes de los excongresistas Yonhy Lescano, Richard Acuña y Alejandra Aramayo, casos que pasaron por una opinión consultiva de la Comisión de Constitución, donde se concluyó que un congresista se encuentra facultado a participar en actividades proselitistas o propias de una campaña electoral.

“O realizar propaganda electoral en un proceso de elección de autoridades siempre que no se utilicen en la actividad o propaganda electoral, recursos públicos a los cuales tuvo acceso o dispuso en su condición de congresista, y no interfiera con las actividades propias de su función congresal”, se alega.

MIRA AQUÍ: Congreso le responde al premier Torres que “no resulta atendible” la cuestión de confianza presentada por el Gobierno

Este informe será discutido por los integrantes de la Comisión de Ética, que deberán decidir si respetan el trabajo de la Secretaría Técnica o pasar a la etapa de indagación del caso.

LO MÁS LEÍDO EN POLÍTICA

VIDEO RECOMENDADO

Odebrecht: Fiscalía de Brasil suspende cooperación con Perú