Los integrantes de la Junta Nacional de Justicia podrían ser removidos de su cargo si el Pleno del Congreso aprueba el informe de la Comisión de Justicia.
Los integrantes de la Junta Nacional de Justicia podrían ser removidos de su cargo si el Pleno del Congreso aprueba el informe de la Comisión de Justicia.

El informe de la que recomienda la destitución de los integrantes de la (JNJ) ha generado un debate entre los sectores políticos debido a sus motivaciones.

Por ello, Correo consultó con seis abogados expertos en la materia para conocer sus opiniones acerca de las tres causas graves que habrían cometido los miembros de la JNJ, las mismas que son utilizadas como sustento en el texto para sugerir que sean removidos del cargo.

PUNTOS

La primera causa grave que señala el informe es que la JNJ emitió un pronunciamiento a favor de la exfiscal .

Al respecto, al menos la mitad de abogados consultados por este medio coinciden en que es una falta grave por ser una intromisión a las funciones del Congreso, mientras que otro grupo considera que no va más allá de una postura.

El segundo punto tiene que ver con la interpretación de la edad para permanecer en el cargo en la , específicamente porque la magistrada Inés Tello cumplió los 75 años en setiembre.

Sobre este aspecto, la mayoría de expertos coincide en que sí es una causa grave, incluso, mencionan que podría ser “la más grave”.

Los constitucionalistas refieren que la interpretación de la Carta Magna sobre el límite de edad para dejar el puesto es de 75 años, algo que no solo debe ocurrir en la JNJ, sino que sucede actualmente en el Estado.

Finalmente, la tercera conclusión atribuye como causa grave la entrega tardía del informe anual de la JNJ al Congreso.

La mayoría coincide en que no es un hecho grave, sino más bien podría ser calificado como una negligencia que podría ser considerada una infracción constitucional.

Cabe precisar que el documento no fue puesto a votación en el Pleno de ayer, por lo que ingresaría en la agenda de una próxima sesión. Debido a que el lunes inicia la semana de representación, el tema todavía sería visto la primera semana de noviembre.

VOCES DE EXPERTOS

WALTER ALBÁN

Sobre pronunciamiento de la JNJ a favor de la exfiscal Zoraida Ávalos: “La JNJ emitió un pronunciamiento que a mi parecer no constituye ninguna causa grave, sino que era un deber porque estaba a punto de cometerse un atropello y se cometió, contra la exfiscal Zoraida Ávalos. La Constitución señala que las decisiones de carácter jurisdiccional que toma un magistrado no causa algún tipo de sanción. Lo que hizo la JNJ es un comunicado en donde hace una exhortación para cuidar la separación de poderes”.

Sobre la interpretación de la edad para permanecer en el cargo: “Están inventando una cosa que no existe. La excepción los límites al ejercicio de un derecho tiene que estar expresamente contemplado en la normatividad y lo contrario son arbitrariedades o interpretaciones. En el caso de la JNJ lo que dice la ley orgánica es que el mandato es de cinco años, en ninguna parte dice que tienen que irse a los 75 años. Cuando el Defensor del Pueblo le tomó juramento (a Inés Tello) fue para que permanezca hasta el 2025″.

Sobre la demora en la entrega del informe anual de la JNJ al Congreso: “Este tema es una ridiculez por decir lo menos. Cuando se presenta a trámite esta moción que da pie al informe en contra de la JNJ, ya todos los informes habían sido presentados por la institución ante el Congreso. Hubo un atraso en la entrega, eso sí, pero no es evalúa como causa grave. Eso tendría que ser tomado, si al Congreso le parece que tiene dimensión, como una infracción constitucional y tendría que pasar por acusación”.

Walter Albán, exdefensor del Pueblo, considera que los miembros de la JNJ no han cometido ninguna falta grave. (Foto: Archivo El Comercio)
Walter Albán, exdefensor del Pueblo, considera que los miembros de la JNJ no han cometido ninguna falta grave. (Foto: Archivo El Comercio)

ROLANDO SOUSA

Sobre pronunciamiento de la JNJ a favor de la exfiscal Zoraida Ávalos: “Es un comunicado que es finalmente una opinión. Creo que es un comunicado que viola de alguna manera viola el balance de poderes que debe haber, pero que no es suficiente para ser considerado una causa grave. Lo que el comunicado evidencia es una posición tomada por la JNJ, una opinión sobre un tema. Una intromisión sería que se dirijan a un juzgado o a una corte para algún procedimiento administrativo”.

Sobre la interpretación de la edad para permanecer en el cargo: “En mi concepto, la interpretación de la JNJ sobre que la señora (Inés Tello) podría permanecer vencido los 75 años, podría violar un montón de normas administrativas. La edad es el límite que se ha establecido para mantenerse en el cargo, esa es la interpretación correcta. Si la señora entró con 74 años, pues entró por un año, no hay otra forma. El juramento (de permanecer hasta el 2025) es una formalidad secundaria”.

Sobre la demora en la entrega del informe anual de la JNJ al Congreso: “Allí estamos ante una infracción constitucional que tiene otro procedimiento, pero que abona sin duda a la falta de idoneidad de los integrantes de la JNJ. Y cómo abona no es el fundamento principal, sino cómo abona a favor del informe, sin duda alguna es algo que se debe poner porque contribuye a que el Congreso tome una decisión necesariamente política. Porque la destitución de los miembros de la JNJ será una decisión política”.

El abogado Rolando Sousa considera que el comunicado que emitió la JNJ sobre Zoraida Ávalos es una opinión.
El abogado Rolando Sousa considera que el comunicado que emitió la JNJ sobre Zoraida Ávalos es una opinión.

ERNESTO ÁLVAREZ MIRANDA

Sobre pronunciamiento de la JNJ a favor de la exfiscal Zoraida Ávalos: “Es una falta grave. Hay una injerencia en el desempeño y en las funciones del Congreso, más aún cuando debió ser la JNJ quien sancione en su oportunidad a dicha fiscal. Por el contrario, la JNJ la ratificó de forma tal que, si respetamos su criterio para ratificarla, a mi juicio absolutamente incorrecto, también tenemos que respetar el criterio del Congreso para calificar como grave o muy grave un hecho que efectivamente sí se ha producido”.

Sobre la interpretación de la edad para permanecer en el cargo: “Esta es otra falta grave. Por más alquimia interpretativa que se haya querido hacer, la Constitución es clarísima. Esta dice que para ser miembro de la JNJ es necesario reunir esos requisitos. Cuando uno deja de reunir esos requisitos, deja de ser miembro de la Junta Nacional de Justicia. Hay jurisprudencia del Tribunal Constitucional donde se negaron varios amparos a jueces supremos que pretendían realizar, previsamente, esta interpretación”.

Sobre la demora en la entrega del informe anual de la JNJ al Congreso: “No creo que sea un motivo de separación de los siete magistrados, al interior de la JNJ, a diferencia de las dos primeras causales. Este caso lo calificaría como una negligencia. Creo que es una falta grave administrativa, pero que, a mi manera de ver, no demandaría de una separación de todo el Colegiado. En todo caso, de producirse una sanción, sería el titular de la Junta Nacional de Justicia (quien debería abandonar el cargo)”.

Ernesto Álvarez miranda considera que la entrega tardía del informe anual de la JNJ al Congreso es una negligencia, más no una causa grave para la destitución de sus miembros. (Foto: Andina)
Ernesto Álvarez miranda considera que la entrega tardía del informe anual de la JNJ al Congreso es una negligencia, más no una causa grave para la destitución de sus miembros. (Foto: Andina)

LUCAS GHERSI

Sobre pronunciamiento de la JNJ a favor de la exfiscal Zoraida Ávalos: “Esta es una falta gravísima. Es la más grave de las tres porque la Junta Nacional de Justicia es la entidad encargada de evaluar a los jueces y fiscales para decidir si se quedan o no. En este marco, el evaluador no puede presentarse como defensor de los mismos, es decir, de los jueces y fiscales. La Junta Nacional de Justicia no puede ser abogado ni vocero de un fiscal, como en este caso. Este es un claro conflicto de intereses”.

Sobre la interpretación de la edad para permanecer en el cargo: “También es una falta grave. La Constitución establece una edad mínima y otra máxima. Siempre se ha interpretado que cuando llegas a la edad máxima tienes que dejar el cargo. Eso ocurre en el caso de los jueces de la Corte Suprema, de los fiscales supremos o de los profesores universitarios. En todo el Estado ocurre así ¿Por qué en el caso de la JNJ sería distinto? Aquí hay una persona (Inés Tello) que está usurpando el cargo”.

Sobre la demora en la entrega del informe anual de la JNJ al Congreso:“Si se establece que tienes que presentar informes al Congreso, rendirle cuentas y no lo haces, estás incurriendo en una falta. Esto es muy grave. Es como si el presidente de la república decidiera no dar el mensaje por 28 de julio, el mismo que es obligatorio. La posibilidad de destituir a los magistrados, con estas bases, depende de los votos en el Congreso. Ya están los accesitarios. En mi opinión, (las tres faltas) son motivo de destitución”.

Lucas Ghersi precisa que la Constitución establece una edad mínima y otra máxima para un cargo.
Lucas Ghersi precisa que la Constitución establece una edad mínima y otra máxima para un cargo.

DOMINGO GARCIA BELAUNDE

Sobre pronunciamiento de la JNJ a favor de la exfiscal Zoraida Ávalos: “Un órgano autónomo como lo es la Junta Nacional de Justicia que tiene la misión de ser cuidadoso o independiente no puede comprometerse con uno de los miembros que ella controla en un caso concreto. Ni siquiera debe pronunciarse porque esa no es competencia de ellos, sino del Congreso. Ellos jamás debieron hacer eso. Es gravísimo y hay por supuesto falta de ética en el manejo de sus funciones. Hay una intromisión de la JNJ”.

Sobre la interpretación de la edad para permanecer en el cargo: “Para mí lo grave -de todas las imputaciones- es que hay una señora que ha pasado en exceso y alegremente se mantiene a los 78 años como miembro de la Junta Nacional de Justicia, cuando el tope es 75 años. Eso sí es grave y más grave porque han pedido un informe a Servir que es una entidad que sirve solamente para funcionarios del sector público. Por mí, y atendiendo a lo que digo, solamente sacaría a Inés Tello y por ahí al señor Aldo Vásquez”.

Sobre la demora en la entrega del informe anual de la JNJ al Congreso: “La norma constitucional es clara cuando señala de forma expresa que para ser miembro de la JNJ se requiere tener más de 45 y menos de 75. El requisito de la edad es consustancial a la calidad de sus miembros. En el momento en que una persona supera ese tope de edad, deja de ser integrante. Por lo tanto no corresponde la interpretación que asumió los miembros de la junta que se han atribuido una suerte de caracter de intérpretes máximos de la Constitución. Desde mi punto de vista sí constituye una causa grave”.

El constitucionalista Domingo García Belaúnde considera que la edad de Inés Tello (75 años) es una causa graveque ameritaría su destitución.
El constitucionalista Domingo García Belaúnde considera que la edad de Inés Tello (75 años) es una causa graveque ameritaría su destitución.

ERNESTO BLUME

Sobre pronunciamiento de la JNJ a favor de la exfiscal Zoraida Ávalos: “Es sumamente preocupante que la JNJ esté emitiendo comunicados donde se parcializa a favor de una fiscal suprema. Me parece grave que olvide su rol y dirigiéndose como una suerte de paladina de la justicia pretenda influenciar al Congreso llamándola a mayor reflexión al momento de pronunciarse sobre Zoraida Ávalos. Se supone que si usted respeta el Congreso, respeta sus decisiones de forma madura y reflexiva. Es un comunicado fuera de lugar”.

Sobre la interpretación de la edad para permanecer en el cargo: “La falta que se ha cometido para mí es clarísima con respecto a la tardía presentación de los informes anuales al Congreso. Pero hay dos cosas que yo veo en este caso: Uno que no es tan grave y dos que se puede subsanar. Creo que ya lo han subsanado. Es una falta menor por así decirlo. Mientras tanto, lo de la edad de la señora no se puede subsanar. Ella sigue envejeciendo. El acto es una violación a la Constitución, eso no se puede arreglar, por ejemplo”.

Sobre la demora en la entrega del informe anual de la JNJ al Congreso: “Desde mi punto de vista sí hubo un incumplimiento del mandato constitucional. El caso es serio porque ese informe anual -que la Junta Nacional debe entregar al Congreso- no solo cumple un rol de formalidad, sino que es la idea de mantener a la población al tanto de las actividades de la JNJ y de cómo va cumpliendo sus funciones en el marco de la independencia. Para mí, tanto el comunicado y el tema de la edad son dos puntos más graves de los tres”.

El extribuno Ernesto Bluma considera que sí se han cometido faltas graves. Foto:  Britanie Arroyo/GEC
El extribuno Ernesto Bluma considera que sí se han cometido faltas graves. Foto: Britanie Arroyo/GEC