Este jueves 6 de junio, el Congreso aprobó el dictamen de ley que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor para ampliar la prohibición de las comunicaciones no requeridas con fines comerciales, conocidas como ‘spam’.

Dicha norma señala que el consumidor tiene el derecho a la protección contra métodos comerciales agresivos y esto implica que los proveedores no pueden optar por prácticas que ignoren la libertad de elección del consumidor mediante figuras como el acoso o la influencia indebida.

Asimismo, indican que están prohibidas las prácticas comerciales a través de call centers, sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o mensajes electrónicos masivos para promover servicios y/o productos.

Solo habrá una excepción para el envío de comunicación comercial o publicitaria y será cuando el consumir le indique al proveedor que les da su consentimiento para ser contactado por un número telefónico o dirección electrónica.

Dicho consentimiento podrá ser revocado con efecto inmediato y sin expresión alguna, conforme a dicha ley que rige la protección de los datos personales.

La vulneración a esta prohibición o a su revocatoria es considerada infracción muy grave”, refieren.

El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Wilson Soto, dijo que esta iniciativa fue exonerada del trámite de segunda votación.

Soto indicó que está medida se tomó “frente a la impunidad de las llamadas” no solicitadas, que “cada día mortifican la tranquilidad de los usuarios”.

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