El Pleno del Congreso aprobó el proyecto de resolución legislativa que plantea inhabilitar por diez años para ejercer cargos públicos a Delia Espinoza, por la presunta infracción de los artículos 45, 93 y 139, incisos 3 y 5, de la Constitución Política del Perú.
Durante la sesión del Pleno, la representación nacional registró 70 votos a favor, 18 en contra y 2 abstenciones. Con ese resultado, el Congreso logró superar los dos tercios necesarios para imponer una sanción de esta naturaleza a un fiscal supremo.
Cabe precisar que la sanción se sustenta en el informe final de las denuncias constitucionales 563 y 618, acumuladas, presentadas por los congresistas Kira Alcarraz y José Cueto. Ambos parlamentarios cuestionaron la actuación de Espinoza por haber impulsado la denuncia constitucional 549 contra 11 legisladores.
De acuerdo con el documento, la entonces titular del Ministerio Público denunció a estos parlamentarios por su participación en la votación del dictamen relacionado con el Proyecto de Ley N.° 319/2021-CR, vinculado a la contratación de pensionistas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
En ese sentido, el documento señaló que la exfiscal habría vulnerado el principio de inviolabilidad parlamentaria contemplado en el artículo 93 de la Constitución. Dicha disposición establece que los congresistas no pueden ser procesados ni responsabilizados por los votos u opiniones que emitan en el ejercicio de sus funciones.
Además, el informe final sostuvo que la actuación atribuida a Delia Espinoza habría sobrepasado los límites del ejercicio del poder estatal previstos en el artículo 45 de la Constitución. También, señaló una presunta vulneración de los principios del debido proceso y de la debida motivación de las resoluciones, recogidos en el artículo 139 de la Carta Magna.
Durante el debate en el Pleno, el congresista Alejandro Aguinaga cuestionó el accionar de la exfiscal y respaldó la prerrogativa parlamentaria.
“¿Cómo podemos avalar a una persona que desconoce la Constitución? Hay un grupo de congresistas que fueron acusados por esta señora por nuestra votación en el Congreso”, expresó.
“Yo le digo que el artículo 93 de la Constitución es claro. Los congresistas representan a la nación, no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación, no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emitan en el ejercicio de sus funciones”, agregó.
Por su lado, el parlamentario Eduardo Salhuana afirmó que la denuncia presentada por Delia Espinoza estuvo dirigida contra congresistas por acciones vinculadas al ejercicio de su labor legislativa.
“Cuando formuló la denuncia en contra de colegas parlamentarios, textualmente, la denuncia dice por los votos. Ha denunciado a todos los de la comisión que participaron en el debate de ese proyecto de ley y en la votación”, refirió.


