El Pleno del Congreso de la República aprobó, con 99 votos a favor y sin oposición ni abstenciones en segunda votación, el proyecto de Ley 4277 que regula la venta de entradas a conciertos y establece las condiciones para la devolución del dinero en caso de cancelación o cambios en los eventos.
El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Manuel García, destacó que esta normativa busca evitar fraudes y garantizar la transparencia en la comercialización de entradas, tanto de forma presencial como virtual.
“Se facilita la devolución del dinero ante la cancelación de conciertos”, señaló García.
Según lo dispuesto en la ley, los organizadores de conciertos tienen un plazo de diez días calendario previos al evento para obtener las autorizaciones municipales necesarias, incluyendo la aprobación técnica del Instituto Nacional de Defensa Civil y las garantías de orden público emitidas por el Ministerio del Interior.
En caso de cancelación, los consumidores tienen derecho a recibir el reembolso total del costo de su entrada. Asimismo, si se producen cambios en la fecha, lugar u objeto del concierto y estos no son aceptados por el consumidor, el organizador está obligado a devolver el dinero en un plazo no mayor a 15 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
Sin embargo, la norma excluye eventos teatrales y actividades organizadas bajo estímulos económicos del Ministerio de Cultura, centrando su alcance exclusivamente en conciertos.
La iniciativa será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación. En caso de observaciones, retornará al Parlamento para su revisión.
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