La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó la propuesta de reforma constitucional del artículo 99 de la Constitución Política. Esta reforma busca incorporar a los titulares del Sistema Electoral en el procedimiento de acusación constitucional y ampliar para ellos el antejuicio.
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Con 16 votos a favor, cuatro en contra y cinco abstenciones se aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 4333/2022, 4347/2022, 4430/2022, 4435/2022, 4477/2022, Y 4495/2022, de los congresistas Luis Aragón Carreño (AP), Rosselli Amuruz Dulanto (Avanza País), Elvis Vergara Mendoza (AP), Wilson Soto Palacios (AP) y Alejandro Soto Reyes (APP), respectivamente.
La congresista Martha Moyano, presidenta de la Comisión de Constitución, sustentó la iniciativa, señalando que la propuesta legislativa aborda tanto las infracciones constitucionales como los delitos cometidos en el ejercicio de funciones. Además, destacó su objetivo de avanzar en la mejora de la democracia y la transparencia.
La propuesta aprobada establece que la Comisión Permanente podrá acusar ante el Congreso a los máximos titulares del sistema electoral, incluyéndolos en el grupo de altas autoridades que pueden ser objeto de acusación constitucional según el artículo 99 de la Constitución.
Ahora, la iniciativa aprobada debe ser programada para su votación en el Pleno del Congreso. Es importante mencionar que, al tratarse de una reforma constitucional, debe obtener al menos 87 votos a favor o ser admitida por mayoría simple con posterior ratificación mediante referéndum.
JNE se pronuncia
Por la mañana, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió un comunicado destacando la “inviabilidad” de la Ley de Reforma Constitucional del artículo 99 de la Constitución Política del Perú, la cual busca incorporar a los titulares del Sistema Electoral en el procedimiento de acusación constitucional.
“Resultaría contrario a los principios que sostienen a un Estado Constitucional y democrático de derecho, sobre todo a los principios de separación de poderes, independencia e imparcialidad, que se permita que un órgano de naturaleza y composición eminentemente político como el Congreso, tenga la competencia para ejercer control de las decisiones que emiten organismos electorales”, se lee en el comunicado.
“Teniendo en cuenta que la actuación el Pleno del JNE es eminentemente jurisdiccional es necesario garantizar su independencia e imparcialidad, su afectación no solo repercute en la justicia electoral, sino en el ejercicio de la democracia representativa, el cual es la base del estado de derecho”, indica más adelante.