La creación de muchas Comisiones Especiales del permite que los contraten a personal de confianza o allegados que no necesariamente tenga el perfil para un grupo legislativo, pese a que el Parlamento les otorga un grupo de trabajadores especialistas del Servicio Parlamentario o de “planta”.

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En sus dos meses de gestión, este nuevo -por ahora- ha conformado 11 Comisiones Especiales, entre ellas, una a favor de los Valles de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), así como el Seguimiento a Emergencias y Gestión de Riesgo de Desastres y la de Seguimiento Parlamentario al Acuerdo de la Alianza del Pacífico.

Según un acuerdo de realizado en el mes de setiembre, los parlamentarios que presiden estas comisiones podrán contratar hasta 4 trabajadores adicionales a los que les otorga el Parlamento.

“Que, mediante el Acuerdo 037-2020-2021/MESA-CR se actualizó el módulo de personal para las Comisiones Investigadoras y Especiales conformadas por acuerdo del Pleno del Congreso, estableciéndose que los contratos serían formalizados en la modalidad de. Que, mediante la Ley 3113, publicada el 9 de marzo del 2021, se establecieron disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público”, se precisa en el documento.

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De esta manera, los trabajadores de las Comisiones Especiales estarán bajo el régimen laboral 728, que incluye beneficios de bonos, movilidad y de un seguro privado. De acuerdo al nuevo módulo de personal, se podrá contratar a dos asesores de nivel II con un sueldo de S/7 mil 789 sin concurso público. (Ver cuadro)

Además de las Comisiones Especiales, los presidentes de las Comisiones Investigadoras también tienen la opción de contratar a personal de confianza o allegados. Esta situación se repite en los despachos legislativos.

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