El Poder Legislativo promulgó la ley que modifica Nuevo Código Procesal Constitucional, que tiene el fin de fortalecer los procesos constitucionales y reducir de cinco a cuatro votos la admisión y aprobación de una demanda competencial en el Tribunal Constitucional.
Sobre dicho caso, se señaló en la normal que, en caso se diera un empate, el presidente del TC tiene el voto decisivo. Por otro lado, de que no llegaran al número de votos exigidos, la demanda será infundada.
Además, en el Nuevo Código Procesal Constitucional se consideran cambios en las medidas cautelares para disponer que son competentes para conocer del proceso de amparo del juez constitucional del lugar donde tiene su domicilio afectado, donde se afectó su derecho o donde vive el autor de la infracción.
También indicaron que se puede solicitar al TC la suspensión de la disposición, resolución o acto objeto de conflicto, en todo o en parte a través de una medida cautelar.
Como se recuerda, en octubre pasado, la Junta Nacional de Justicia advirtió que la ley que modifica el Nuevo Código Procesal Constitucional, aprobada en primera votación en el Congreso, “limita el rol del Tribunal Constitucional” y “pone en riesgo estabilidad del sistema de justicia”.
El titular del JNJ, Antonio de la Haza, manifestó en la ceremonia de juramentación y entrega de títulos de treinta jueces, que dicha normal tiene el objetivo de reducir los votos requeridos para resolver procesos competenciales.
“Esta propuesta, que ha generado preocupación entre los ciudadanos, podría debilitar la capacidad del Tribunal para actuar como contrapeso en casos críticos que comprometen los derechos fundamentales y el Estado de derecho”, sostuvo.
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