La madrugada de ayer, falsos policías simularon un operativo para asesinar a balazos a cuatro personas que se encontraban al interior de una camioneta en Trujillo y secuestraron a un empresario.
La situación evidencia -una vez más- la grave crisis de inseguridad ciudadana que afronta el Perú.
El personaje que toma relevancia en esta historia es Óscar Manuel Arriola Delgado, comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), a quien el Congreso Bicameral ya puso en la mira (ver infografía).
Precisamente, ayer por la tarde, la bancada de Renovación Popular emitió un pronunciamiento para exigir la renuncia de Arriola y “acciones inmediatas para recuperar el orden”.
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RECORRIDO
En octubre de 2025, cuando Arriola era teniente general PNP, fue nombrado comandante general en la gestión de la entonces presidenta Dina Boluarte.
Cabe recordar que en el año 2022 se promulgó la Ley 31570, una norma que precisa que el cargo es por dos años, con posibilidad de una prórroga excepcional de un año mandato.
Esa ley impide que la presidenta Keiko Fujimori pueda cesar en el cargo a Arriola.
Dicha ley señala que el comandante puede ser removido por fallecimiento, solicitud voluntaria de pase al retiro, incapacidad física permanente, falta muy grave o sentencia firme del Poder Judicial por delito doloso.

PROPUESTA
Con el objetivo de cambiar ese impedimento, la diputada Catherine Palomino (Juntos por el Perú) presentó un proyecto de ley para añadir más causales para el cese inmediato del comandante general.
Específicamente “por pérdida de la idoneidad necesaria para el ejercicio del cargo”, cuando esta comprometa de manera grave la conducción, dirección o funcionamiento de la Policía, para ello, hay supuestos:
La grave afectación de la eficacia operativa, capacidad de respuesta, integridad institucional o conducción estratégica de la Policía; cuando existe un incumplimiento grave y reiterado de las políticas y planes nacionales de seguridad ciudadana y de los objetivos estratégicos institucionales; cuando haya neglicencia grave en el ejercicio del cargo que genere una afectación sustancial a la seguridad ciudadana, al orden interno, a la capacidad operativa de la Policía o la adecuada prestación del servicio policial; así como cuando existan actos u omisiones de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo que ocasionen una afectación grave a la institucionalidad, disciplina, integridad o legitimidad de la Policía.





