La Corte Suprema, presidida por el juez César San Martín, ha ratificado por unanimidad el dictamen de 36 meses de prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo. De esta manera se desestimó la apelación presentada por la defensa legal del exmandatario.
MIRA: JNJ publica proyecto de reglamento para la evaluación integral y ratificación de jefes de ONPE y Reniec
Esta decisión confirmó que Pedro Castillo permanecerá en prisión preventiva hasta el 8 de marzo del 2026, como parte de las investigaciones que se tienen en su contra por los presuntos delitos de organización criminal, colusión y tráfico de influencias, así como supuestos crímenes durante su mandato en los ministerios de Transportes, Provías Descentralizado, Vivienda y Petro Perú.
Defensa ilógica e imprecisa
Tras los argumentos presentados por fiscalía y la defensa de Castillo Terrones, la Sala Suprema Penal Permanente, sostuvo que los alegados del exmandatario son carentes de relevancia y no cumplen los requisitos para justificar la revisión y revocación de la medida de prisión preventiva.
“Los videos y los instrumentales incorporados -en cantidad exigua- no resultan pertinentes, conducentes o útiles para adoptar una decisión en la presente revisión de oficio de la prisión preventiva. En realidad, están acompañados de alegatos interpretativos sin capacidad epistemológica para lograr el cometido del peticionante -el cese o la revocatoria de la prisión-, pues son ilógicos, imprecisos y vagos”, argumentó la Corte Suprema.
Además, cabe señalar que el pedido de la defensa ya había sido negado en primera instancia por el juez supremo de la Investigación Preparatoria, Juan Carlos Checkley.
Argumentos de la Corte Suprema
La Sala Supremo recordó el reclamo de Castillo Torres en el que denunciaba que el juzgado no le había dado tiempo suficiente para presentar cuatro videos que abogarían a su favor, al respecto señalaron que en un revisión de oficio no existe actuación probatoria y que el juez puede limitar el tiempo para cada una de las partes durante la audiencia.
Sin embargo, también se señaló que tres de los videos mencionados que contenían declaraciones del coronel PNP Harvey Colchado, la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides y el general EP, Manuel Gómez de la Torre, estaban recortados, no formaban parte de la carpeta fiscal y se desconocía si estaban contextualizados.
Respecto al video faltante, este contiene declaraciones de Salatiel Marrufo, exasesor del Ministerio de Vivienda, frente a la Comisión de Fiscalización. Sin embargo, la sala explicó que no se había precisado su utilidad y pertenencia con los motivos que dictaron prisión preventiva.
Investigación por presunta organización criminal
La Corte Suprema cuestionó los argumentos del expresidente en los que alegaba que después de su “caída”, se produjeron marchas y protestas provocaron la muerte de casi 70 personas.
Los magistrados indicaron que los alegados de Castillo Terrones son “extraños e inconducentes”, pues lo que se investiga es una presunta organización criminal que habría perpetrado actos de corrupción durante su tiempo como mandatario.
“Lo que aquí se examina es la existencia de una presunta organización criminal para obtener viles ganancias ilícitas, mediando tráfico de influencias y colusión. No son objeto de evaluación los efectos ulteriores a ‘la caída’ del gobierno encabezado por el investigado José Pedro Castillo Terrones.”, argumento la Corte Suprema.
La ratificación de la medida impuesta contra el ex mandatario se basa en los presuntos delitos de corrupción durante su gestión como presidente de la República, siendo uno de los procesos judiciales en su contra, junto al de rebelión por el golpe de Estado que perpetró en diciembre del 2022.