El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, cuestionó el informe del Congreso que concluye que no corresponde otorgar una pensión vitalicia a Dina Boluarte por haber asumido la Presidencia mediante sucesión constitucional.
En declaraciones a RPP, Gutiérrez señaló que la sucesión presidencial está expresamente regulada en la Constitución y que el Parlamento no puede tomar decisiones “en función a lo que le resulte más favorable en su imagen ante la opinión pública”.
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Cuestionamientos al informe del Congreso
El pronunciamiento se dio luego de que el programa Cuarto Poder revelara un informe del Área de Asesoría Laboral del Congreso de la República, en el que se concluye que no corresponde otorgar a Boluarte una pensión vitalicia de aproximadamente S/35 mil mensuales ni otros beneficios.
El documento sustenta su posición en tres argumentos: que Boluarte no fue elegida por voto popular sino que asumió por sucesión constitucional; que la norma estaría diseñada para presidentes que culminaron un periodo completo; y que la exmandataria fue destituida por incapacidad moral.
Al respecto, Gutiérrez afirmó que la sucesión constitucional “está legislada en la Constitución” y que desconocer sus efectos implicaría vulnerar principios como la legalidad y el Estado constitucional de derecho.
“Si muere el presidente, los vicepresidentes asumen por sucesión constitucional, con todos los derechos que eso implica. Lo contrario sería una afrenta al Estado constitucional de derecho”, sostuvo.
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Advertencia sobre la Ley MAPE
En otro momento, el defensor del Pueblo expresó su preocupación por la posibilidad de que el próximo Congreso no cuente con el tiempo suficiente para debatir y aprobar una Ley MAPE, considerando que la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence en diciembre del próximo año.
Gutiérrez advirtió que el calendario legislativo efectivo se reduciría a unos cuatro meses, lo que podría dificultar una discusión integral de la norma.





