(Foto: Congreso)
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El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, se refirió este martes respecto a los proyectos legislativos para combatir la delincuencia que se abordarán en las sesiones plenarias este miércoles y jueves.

Como se recuerda, la Junta de Portavoces decidió acordar este lunes convocar al pleno para proseguir el debate de dichas propuestas, entre ellas tipificar el delito de terrorismo urbano, ahora señalado como “criminalidad sistemática”, y modificaciones a la Ley 32108.

Nosotros, mañana, vamos a tener un pleno en la mañana para ver, específicamente, los dos temas que han quedado pendientes de la semana pasada, me refiero a la reforma a la Ley 32108, la de crimen organizado, que ha sido objetada por varios sectores de la opinión pública, y yo siempre he señalado que tenemos que ser receptivos, empáticos, y esa norma tiene que ser modificada”, sostuvo Salhuana.

Asimismo, el titular del Congreso indicó que en la norma tendría que cambiarse lo que se refiere a definición de organización criminal y lo que se establece para el procedimiento de allanamiento.

Los temas que, a mi concepto, tienen que modificarse son, uno, la definición de organización criminal. En el texto vigente aún se habían establecido algunos conceptos vagos, generales que en la aplicación de la misma norma inducían a la confusión de los magistrados, porque la ley tiene que ser de manera expresa e inequívoca, no puede tener vaguedades ni generalidades, y me parece que ahí ha habido un error en el concepto. Eso se está corrigiendo”, expresó.

Lo que pasa es que al ser general, al ser abierta, el juez necesita una norma precisa para aplicar, quedaban fuera varios delitos porque habla de una cadena de valor de tipo económico, y obviamente eso excluye a muchos tipos penales en el Código (…) Están reiterando ese concepto, por eso es que en mi opinión ese texto tiene que ser corregido, mejorado”, añadió.

Sobre los allanamientos, Salhuana manifestó que es un segundo tema “que mejorar”, pues este procedimiento “no debe estar sujeto a la presencia del interesado”.

Entonces los prófugos, los que están ausentes o simplemente están en otro sitio, la diligencia no se realiza. Eso debe retirarse y garantizarse que, para el acto mismo de incautación, el registro de la vivienda, la presencia de un abogado de oficio”, resaltó.

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