El Parlamento aprobó la investigación sumaria a los miembros de la JNJ con 84 votos.
El Parlamento aprobó la investigación sumaria a los miembros de la JNJ con 84 votos.

El nuevo enfrentamiento entre el Congreso y la Junta Nacional de Justicia (JNJ) amenaza con escalar a una guerra de imprevisibles proporciones. La confrontación, que se había iniciado hace unos meses, llegó a su punto álgido esta semana con la aprobación de una investigación sumaria contra los miembros de la entidad encargada de designar y evaluar a jueces y fiscales.

La investigación -a cargo de la Comisión de Justicia por 14 días- se enmarca en los artículos 197 y 157 de la Constitución. El artículo 197 estipula que el Legislativo puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.

“Es obligatorio comparecer, por requerimiento, ante las comisiones encargadas de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial”, precisa la Carta Magna.

El artículo 157, entre tanto, establece que los integrantes de la Junta “pueden ser removidos por causa grave y mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros”.

La legisladora Patricia Chirinos impulsó la moción que derivó en diligencias contra los magistrados. (Congreso)
La legisladora Patricia Chirinos impulsó la moción que derivó en diligencias contra los magistrados. (Congreso)

EL CASO

Fue la congresista Patricia Chirinos (Avanza País) quien planteó “remover” a la totalidad de integrantes de la JNJ. La parlamentaria alegó que la presidenta de la JNJ, Imelda Tumialán, y los magistrados Aldo Vásquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, María Zavala, Guillermo Thornberry e Inés Tello incurrieron en faltas graves durante el ejercicio de sus funciones.

La propuesta, aprobada con 84 votos, apunta a que la Junta ejerció presuntas intromisiones en el caso de Zoraida Ávalos, exfiscal de la Nación. En efecto, la JNJ emitió un comunicado en defensa de Ávalos antes que el Parlamento votara y aprobara su inhabilitación por cinco años.

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También se recogen las supuestas presiones que ejerció la Junta ante el Poder Judicial para que este emita un pronunciamiento crítico con la sanción a Ávalos por parte del Legislativo.

Asimismo, se denuncia la interpretación realizada por la JNJ para mantener entre sus filas a Inés Tello, quien supera la edad máxima para ejercer el cargo en la institución (75 años); así como la presunta filtración del “procedimiento disciplinario contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides”, al medio periodístico IDL-Reporteros.

Patricia Benavides negó estar involucrada en la decisión del Congreso contra la JNJ. (Ministerio Público)
Patricia Benavides negó estar involucrada en la decisión del Congreso contra la JNJ. (Ministerio Público)

PERSPECTIVA

Sobre el tema, el expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Álvarez Miranda declaró a Correo que “es innegable que el Congreso puede destituir a uno o varios miembros de la JNJ”.

Sin embargo, remarcó que el Parlamento “debe exponer suficientemente la existencia de la causa grave; de lo contrario, sería prolongar la confrontación política de 2016, empleando instrumentos constitucionales diseñados para casos realmente graves”. Refirió, además, que investigar a dichos magistrados no constituye un quiebre institucional como lo ha dicho la JNJ.

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“Evidentemente no, es una atribución constitucional. No hay ningún órgano ni organismo estatal exento de control político o constitucional”, aseguró. En contraste, el vicepresidente de la JNJ, Aldo Vásquez, consideró que este proceso sumario “no tiene absolutamente ninguna garantía”.

Indicó que si bien la Carta Magna le brinda facultades al Legislativo para remover a los magistrados “no hay regulación” en estos casos.

“Ni el reglamento del Congreso establece un procedimiento en relación a este tipo de situaciones, ni se ha tipificado qué significa la causa grave”, aseveró Vásquez en RPP.

Por su parte, el constitucionalista Natale Amprimo opinó que si bien no existe un lineamiento específico, “también es cierto que no es la primera vez que esto (procesos a miembros de la JNJ) ocurre”.

“Se está siguiendo el procedimiento de casos anteriores (…). Quizá el error del Congreso es calificar esto como una suerte de investigación sumarísima porque pareciera que fuera una investigación no ordinaria, no regular. Además, cuando una comisión ejerce la función investigadora, lo hace por el plazo que el pleno le otorga; es decir, el pleno tiene facultades para fijar el plazo de investigación”, expresó a Correo.

ANTECEDENTES

Ha habido casos similares. En 2010, mientras aún operaba el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), que fue reemplazado por la JNJ, la Comisión de Justicia investigó al consejero Efraín Anaya Cárdenas. El grupo de trabajo determinó que había incurrido en una falta grave al recibir una coima. Posteriormente, el pleno lo destituyó.

En 2018, los integrantes del CNM fueron removidos en su totalidad durante el gobierno de Martín Vizcarra por una acusación constitucional motivada por el caso “Cuellos Blancos del Puerto”. Dicha medida dio paso a la JNJ.

El desempeño de la JNJ deja mucho que desear. (...) Aún así, el proceso vigente debe ser visto con toda tranquilidad”, remarcó el constitucionalista. (GEC)
El desempeño de la JNJ deja mucho que desear. (...) Aún así, el proceso vigente debe ser visto con toda tranquilidad”, remarcó el constitucionalista. (GEC)

En este marco, Amprimo resaltó que “será la Comisión de Justicia la que determine si considera que existe o no una falta grave”, de parte de los magistrados, y cuál de estas infracciones se habría producido.

“Eso se elevará al pleno y allí ejercerán su defensa aquellos que fueron imputados. En el caso del señor Anaya también fue la Comisión de Justicia la que calificó su actuación como una falta grave. Eso fue al pleno. Este tuvo oportunidad de defenderse y después se votó”, puntualizó.