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Inscribir una candidatura no garantiza aparecer en la cédula de votación. Concluido el plazo para presentar listas, el proceso de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 entra en una etapa de revisión en la que decenas de postulantes podrían quedar fuera de carrera por incumplir requisitos legales o por observaciones detectadas durante la evaluación.
El vocero del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Ernesto Rosales, explicó que actualmente los 91 Jurados Electorales Especiales del país califican cada solicitud presentada por las organizaciones políticas. Este proceso concluirá con la publicación de las listas admitidas, cuya fecha límite es el 5 de agosto, aunque los JEE pueden publicarlas antes si terminan su evaluación.
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INADMISIBILIDAD
Durante esta revisión, algunas listas pueden ser declaradas inadmisibles. Rosales precisó que ello ocurre cuando se detectan errores u omisiones que sí pueden corregirse. Es decir, la organización política aún conserva la posibilidad de subsanar las observaciones formuladas por el Jurado Electoral Especial.
Las observaciones pueden estar relacionadas con información consignada en la Declaración Jurada de Hoja de Vida, la falta de algún requisito formal, aspectos vinculados con la afiliación del candidato o el cumplimiento de las normas de democracia interna, como haber participado correctamente en las elecciones primarias de su organización política. La ley otorga dos días hábiles para presentar la subsanación.
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IMPROCEDENCIA
Si la organización política no levanta las observaciones dentro del plazo o no logra acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, la consecuencia es distinta: la lista o candidatura pasa ser declarada improcedente, lo que impide su participación, salvo que la decisión sea revertida mediante una apelación ante el pleno del JNE.
También existen casos de improcedencia directa, es decir, situaciones en las que la lista queda fuera desde el inicio porque la ley considera que el incumplimiento no puede corregirse. Según explicó Rosales, ello ocurre cuando no se respetan las cuotas electorales, como la cuota joven, la representación de pueblos indígenas donde corresponda o las reglas de paridad y alternancia entre hombres y mujeres.
El vocero recordó que las resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales constituyen la primera instancia de la justicia electoral. “La justicia electoral tiene doble instancia. La primera es el Jurado Electoral Especial, que actualmente está calificando las listas. Si un actor político no está conforme con esa decisión, puede apelar al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá en última y definitiva instancia”, explicó Rosales.
PRESENTACIÓN DE TACHAS POR CIUDADANOS
Una vez publicadas las listas admitidas, se abrirá otra etapa clave del cronograma: las tachas ciudadanas. Desde el 5 de agosto, cualquier ciudadano podrá cuestionar la candidatura de una persona si considera que incumple la normativa electoral.
Rosales explicó que una de las principales causas de tacha son las inconsistencias en la Declaración Jurada de Hoja de Vida. “La Declaración Jurada de Hoja de Vida es un instrumento de transparencia del sistema electoral. Allí los candidatos consignan información sobre su experiencia laboral, formación académica, trayectoria política, así como sus ingresos y bienes. Cualquier inconsistencia, información errónea u omisión puede ser objeto de una tacha”, señaló.
Al igual que la improcedencia, más tachas serán resueltas inicialmente por los Jurados Electorales Especiales. La fecha límite para que emitan sus decisiones en primera instancia es el 20 de agosto. Tanto el ciudadano que presenta la tacha como el candidato afectado podrán apelar si no están conformes con el fallo.
Las apelaciones serán evaluadas por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, que deberá resolverlas como máximo el 4 de septiembre, dejando firme la situación de cada candidatura antes del inicio de la siguiente fase del proceso electoral.
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