El constitucionalista César Aliga y Omar Cairo coincidieron en que el Ejecutivo no puede retirar la demanda de inconstitucionalidad que presentaron ante el Tribunal Constitucional por la ley que elimina el régimen Contrato Administrativo de Servicios (CAS), norma que fue aprobada por el Congreso anterior.
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“Estos dos puntos tienen que ver con el sentir de la clase trabajadora de retirar la demanda. Es un tema muy discutible, considerando que ya estás demandas están admitidas en el Tribunal Constitucional”, sostuvo el titular de Trabajo ante la Comisión de esa especialidad en el Parlamento.
Sin embargo, para el constitucionalista Aliaga, lo declarado por Maraví es probable que no tenga éxito.
“Esta afirmación no tiene sustento jurídico, dado que en la acción de inconstitucionalidad no se promueve la defensa de intereses particulares sino la del interés general que se traduce en la defensa de la constitucionalidad del ordenamiento jurídico”, alegó el especialista.
En esa línea, dijo que el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia (Auto 008-2014-AI/TC y otros) ha señalado que “una vez admitida la demanda es improcedente cualquier pedido de desistimiento”.
Por su parte, para su colega Cairo, el desistimiento de una acción de inconstitucionalidad del Ejecutivo no procedería. “El artículo 104 del Código Procesal Constitucional establece que el proceso de inconstitucional solamente termina por sentencia (...) no cabe el desistimiento”, sostuvo a Correo.
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Según Cairo, el Ejecutivo podría presentar un argumento afirmando que ha cambiado de opinión sobre la demanda de inconstitucionalidad por la eliminación del régimen CAS, pero el Tribunal Constitucional analizará en base a la información jurídica.
“No es frecuente pedir un desistimiento. En este caso va a ser improcedente”, dijo.