El candidato a la alcaldía de Lima por Avanza País, Francis Allison, cuestionó la situación que deberá afrontar el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) al momento de resolver casos vinculados con presuntas reelecciones encubiertas tras las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
Durante una entrevista en Canal N, Allison sostuvo que el organismo electoral tendrá que definir el otorgamiento de credenciales a autoridades electas cuyas candidaturas fueron cuestionadas durante el proceso electoral.
“El jurado está entre la espada y la pared. O violar la Constitución o violar la voluntad popular”, afirmó Allison al exponer su posición sobre el tema.
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Constitución prohíbe reelección inmediata de alcaldes
El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que los alcaldes y regidores son elegidos por un periodo de cuatro años y dispone expresamente que “no hay reelección inmediata para los alcaldes”. Transcurrido otro periodo, como mínimo, pueden volver a postular.
Allison sostuvo que esta disposición constitucional genera una controversia frente a candidaturas que fueron admitidas y posteriormente recibieron votos en las urnas.
Según el postulante de Avanza País, el JNE deberá evaluar ahora cómo aplicar la prohibición constitucional al momento de acreditar a las autoridades electas.
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Allison habla de más de 130 casos en el país
Durante la entrevista, el candidato afirmó que existen más de 130 situaciones similares a nivel nacional que, según su análisis, requerirán un pronunciamiento de la autoridad electoral.
La cifra fue proporcionada por Allison durante su participación en Canal N y no corresponde, hasta el momento, a un balance oficial difundido por el JNE sobre casos de presunta reelección encubierta.
El candidato sostuvo que el problema pudo resolverse antes de la jornada electoral, durante la etapa de inscripción y revisión de candidaturas.
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Cuestiona decisiones adoptadas durante inscripción de candidatos
Allison recordó que algunos Jurados Electorales Especiales (JEE), órganos de primera instancia en materia electoral, cuestionaron o rechazaron candidaturas por considerar que podían vulnerar la prohibición de reelección inmediata.
Sin embargo, indicó que algunas decisiones fueron revisadas posteriormente por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, instancia final en materia electoral.
A juicio del candidato, el JNE debió establecer entonces un criterio definitivo que ofreciera mayor predictibilidad para el resto del proceso.

JNE deberá resolver acreditación de autoridades
Tras las elecciones municipales realizadas el domingo 4 de octubre, el sistema electoral se encuentra en la etapa de procesamiento de resultados, resolución de eventuales controversias y posterior proclamación de las autoridades elegidas.
El presidente del JNE, Roberto Burneo, informó el mismo día de las elecciones que el organismo adoptó medidas frente a las incidencias reportadas durante la jornada electoral.
En los casos en los que exista una controversia jurídica pendiente, corresponderá a los órganos electorales emitir las resoluciones respectivas conforme al marco constitucional y electoral.

Análisis
El abogado constitucionalista Óscar Urviola explicó a Correo que las candidaturas de exalcaldes que buscan volver a ocupar el cargo mediante su postulación como primeros regidores son inconstitucionales porque contravienen la prohibición de reelección inmediata establecida en el artículo 194 de la Constitución.
“Es una reelección a través de un procedimiento encubierto que colisiona con los objetivos o la finalidad que persigue precisamente esa prohibición constitucional”, aseveró.
Asimismo, el experto sostiene que el JNE debe resolver estas controversias conforme a la Constitución y evitar que se establezca un precedente “nefasto” contrario a la norma.
“El Jurado Nacional de Elecciones tiene que interpretar la Constitución acorde con los principios y objetivos que establece esa prohibición constitucional, no al revés”, indicó.
Urviola explicó que, si el primer regidor resulta impedido de asumir la alcaldía por haber ejercido el cargo en el periodo inmediato anterior, la autoridad electoral deberá justificar su decisión y entregar la credencial al siguiente regidor.
“No se puede quedar acéfalo, obviamente hay una sucesión ahí, tendría que ser al segundo vicepresidente, al segundo regidor, el número 2. Si el primer regidor es incompatible con la Constitución, el Jurado tendrá que buscar una solución y con una debida justificación”, precisó.
No obstante, el constitucionalista reconoció que la prohibición también puede perjudicar a autoridades municipales que tuvieron una gestión eficiente y sin corrupción, y planteó la posibilidad de revisar las reglas de reelección desde el Congreso.
“Podría limitarse quizás a un solo mandato o, en todo caso, extenderle a 5 años, porque 4 años transcurren rápidamente. Uno de los inconvenientes de la prohibición es que alcaldes muy eficientes, que han tenido una gestión maravillosa, limpia, sin corrupción, no se pueden reelegir. A veces justos pagan por pecadores”, concluyó.





