El Poder Ejecutivo oficializó esta mañana la declaratoria del estado de emergencia en 14 distritos de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, a través del decreto supremo 100-2024-PCM, publicado en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La medida, que se aplicará por un periodo de 60 días calendario, abarca los distritos limeños de Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho - Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador, además de Ventanilla en el Callao.

Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) se encargará de mantener el orden interno, contando con el apoyo de las Fuerzas Armadas en las zonas que la institución policial determine necesarias. Este apoyo se enmarca dentro de las normativas vigentes, como el Decreto Legislativo sobre el uso de la fuerza y el Título II que regula las intervenciones de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

El decreto supremo establece la suspensión de ciertos derechos constitucionales, de acuerdo con el artículo 137 de la Constitución Política del Perú. Entre los derechos restringidos se encuentran la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión, y la libertad y seguridad personales.

Asimismo, se detalla que, una vez culminado el estado de emergencia, la Policía Nacional deberá presentar un informe detallado al Ministerio del Interior sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el periodo de excepción. Este reporte deberá entregarse dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia.

El documento cuenta con las firmas de la presidenta Dina Boluarte, del presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, y de los titulares de las carteras de Defensa, Interior y Justicia: Walter Astudillo, Juan José Santiváñez y Eduardo Arana, respectivamente.

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