El Gobierno ha presentado un proyecto de ley que propone que el Ministerio Público pueda denunciar de oficio o de parte, ante la Corte Suprema, a altos funcionarios por presuntos delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones.
La norma propone modificar los artículos 99 y 100 de la Constitución Política, los cuales establecen los mecanismos del antejuicio político y el rol del Congreso en este proceso.
El proyecto plantea que los altos funcionarios del Estado pueden ser acusados por el fiscal de la Nación “de oficio o a pedido de parte, ante la Corte Suprema por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones, inclusive hasta cinco años después de que los altos funcionarios hayan cesado en sus cargos”.
De esta manera, “la determinación sobre si hay mérito a formación de la causa penal corresponde a una comisión especial conformada por tres jueces titulares con mayor antigüedad en el ejercicio del cargo de la Corte Suprema de Justicia”.
Los funcionarios comprendidos en este grupo son: el Presidente de la República, congresistas, ministros, miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia; magistrados de la Corte Suprema, fiscales supremos, el Defensor del Pueblo y el Contralor General.
Actualmente, los referidos altos funcionarios tienen derecho al antejuicio en Congreso, en donde se les puede inhabilitar hasta por diez años.
“La determinación sobre si hay mérito a formación de causa penal corresponde a una comisión especial conformada por los tres jueces o las juezas titulares con mayor antigüedad en el ejercicio del cargo de la Corte Suprema de Justicia”, dice la propuesta que lleva la firma del presidente Pedro Castillo y del jefe de Gabinete, Aníbal Torres.
En caso de que la Corte Suprema determine que la denuncia tiene lugar, entonces, lo actuado deberá ser remitido a la Fiscalía de la Nación para la formalización de la investigación penal ante el juez supremo penal.