(Foto: Congreso)
(Foto: Congreso)

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada declaró fundada la apelación de la defensa del congresista Guido Bellido y dispuso el cierre definitivo de la investigación que se le seguía por el presunto delito de afiliación a una organización terrorista.

La resolución se tomó al amparo del artículo 409 del Código Procesal Penal, sustentada en los argumentos fácticos y legales presentados por el colegiado.

Con esta decisión, la sala dejó sin efecto la Resolución N.° 15, emitida el 21 de agosto de 2025, que había rechazado la excepción de improcedencia de acción planteada por la defensa del legislador.

Al reconsiderar esa decisión, los magistrados concluyeron que no procedía la acción penal contra Bellido y ordenaron el cierre definitivo del proceso.

Guido Bellido afrontaba una investigación por el presunto delito de afiliación a una organización terrorista en perjuicio del Estado; sin embargo, con este fallo se extingue cualquier opción de que el proceso judicial continúe por ese cargo.

La defensa del parlamentario argumentó que no había sustento probatorio para prolongar la investigación, y la decisión de la sala puso fin al proceso en sede penal.

TAGS RELACIONADOS