Los oficiales generales o almirantes que sean nombrados como jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ejercerán sus funciones por un periodo de dos años, pudiendo prorrogarse por un año adicional.
Así lo establece una de las modificaciones al artículo 10 de la Ley 28359, Ley de situación militar de los oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobada este jueves 9 vía insistencia por el Pleno del Congreso.
El dispositivo legal también establece que el comandante general de la institución armada correspondiente ejerce funciones por dos años.
También dispone que ambos cargos pueden ser cesados antes de los dos años únicamente por las siguientes causales: por muerte, por solicitud de pase a retiro, por incapacidad físicamente permanente debidamente declarada por una junta médica, por incurrir en falta muy grave, entre otros supuestos.
La representación nacional apoyó el dictamen de insistencia elaborado por la Comisión de Defensa por 76 votos a favor, 38 en contra y dos abstenciones.
El presidente de ese grupo de trabajo, José Williams Zapata (Avanza País), explicó que la insistencia de la referida autógrafa de ley busca el fortalecimiento de la institucionalidad, mantener los valores el respeto a las Fuerzas Armadas y dar un mensaje de confianza a los militares.
Dijo que los cargos del jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de los comandantes generales de los institutos armados no constituyen grados ni prerrogativas adicionales, ya que dicha denominación únicamente la ostentan mientras ejercen estos cargos.
Según el texto aprobado, “el motivo de cese deberá ser comunicado de manera personal por el presidente de la República, quien le entregará además un documento por escrito, debidamente sustentado en una de las causales de cese”.
La autógrafa quedó lista para ser promulgada por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva (Acción Popular), en cumplimiento a lo que señala el artículo 108 de la Constitución.