El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció que el 5% de votos válidos requerido para acceder a la distribución de escaños en el Senado se calculará sumando los votos obtenidos en sus dos modalidades de elección: por distrito electoral único nacional y por distrito electoral múltiple.

“El principio de seguridad jurídica y predictibilidad electoral constituye un elemento esencial del sistema democrático, en tanto permite que las organizaciones políticas y la ciudadanía conozcan con anticipación las reglas aplicables”, indica el documento.

Decisión

El informe 00294-2026-OGAJ sostiene que este criterio busca “preservar el peso real de cada elección para el Senado”.

Bajo esa premisa, señala que la medida evita “generar distorsiones en la valoración del respaldo electoral obtenido por las organizaciones políticas”, tomando en cuenta que los votos válidos de cada modalidad pueden diferir, es decir, el llamado voto cruzado.

De igual modo, el documento indica que este criterio favorece el derecho de participación política y respeta la voluntad del elector.

Asimismo, precisa que la medida evita que el resultado de una sola elección determine “de forma aislada la exclusión de una organización política del procedimiento de distribución de escaños”, incluso cuando en el conjunto de la votación haya alcanzado un respaldo electoral significativo.

Finalmente, sostiene que se debe procurar que la voluntad expresada por los ciudadanos “tenga la mayor eficacia posible dentro del marco de la ley”, evitando interpretaciones que restrinjan de manera desproporcionada el acceso de las organizaciones políticas al reparto de escaños.

Votos

Cabe precisar que los partidos deben cumplir dos requisitos simultáneos para acceder al reparto de escaños: lograr el 5% de los votos válidos y alcanzar el 5% del número legal de integrantes de cada cámara. Es decir un mínimo de tres senadores de un total de 60 o siete diputados de 130.