La decisión del Tribunal Constitucional del Perú -de negarle competencia a la Corte IDH para desautorizar la libertad de Alberto Fujimori-, es cosa juzgada y un asunto interno de soberanía, en opinión de reconocidos constitucionalistas consultados por este diario.
Las supuestas sanciones a los magistrados que componen el TC carecen de sentido, afirman.
“No le va pasar nada a los integrantes del Tribunal Constitucional del Perú por haber emitido una sentencia a favor de Fujimori”, dice, categórico, el doctor Domingo García Belaunde, constitucionalista y presidente honorario de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional y de la Academia Peruana de Derecho.
“Nada. El indulto, de acuerdo con nuestra Constitución, es cosa juzgada; es cosa intangible que no la toca nadie. No se puede tocar. Y si quieren que sea tocable, entonces modifiquen la Constitución”.
Según su enfoque, los integrantes de la actual Corte IDH “quieren pasar por encima de nuestra Constitución, cosa que nunca han hecho. Siempre piden adecuar la Constitución a los pactos pero nunca violando [la legislación interna] como lo han hecho ahora”.
SIN POTESTAD
“La Corte IDH no tiene potestad para enjuiciar al Tribunal Constitucional del Perú”, asevera el doctor Carlos Hakansson, doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, y constitucionalista.
“El TC -acota- es un órgano de derecho interno (...) si el Estado peruano no acata una disposición de la Corte IDH, esta lo comunicará a la OEA pero no puede de ninguna manera establecer sanciones. Hay un tema de soberanía”.
En otro aspecto, elucida que el TC no ha invalidado la sentencia sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta. “Lo que ha hecho es que Fujimori no siga purgando condena de cárcel; pero la sentencia condenatoria sigue vigente”.