(Foto: Andina)
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El Poder Judicial informó que el Décimo Primer Juzgado Constitucional Permanente de Lima determinó que no es competente para tramitar la demanda de amparo presentada por el alcalde encargado de Lima, Renzo Reggiardo, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), referida a la convocatoria de elecciones complementarias en la capital.

Según la resolución emitida por la jueza Silvia Núñez Riva, el despacho a su cargo es un juzgado subespecializado que conoce exclusivamente procesos constitucionales vinculados a materias tributarias, aduaneras, de mercado y casos relacionados con Indecopi. Asimismo, concluyó que el recurso presentado no corresponde a su ámbito de competencia.

La demanda de amparo presentada por Reggiardo buscaba dejar sin efecto el acuerdo del JNE que declaró inviable la realización de elecciones complementarias en Lima Metropolitana. En ese sentido, el alcalde solicitaba que se disponga la convocatoria de dichos comicios.

No obstante, luego de analizar el caso, la magistrada concluyó que el juzgado no está facultado para pronunciarse sobre el fondo de la controversia. Por ese motivo, dispuso que el expediente sea derivado a un órgano jurisdiccional constitucional competente para su evaluación conforme a ley.

Dicha decisión no constituye un rechazo definitivo del recurso, sino que obedece a una cuestión de competencia jurisdiccional. Será otra instancia del Poder Judicial la encargada de evaluar si admite a trámite la demanda y, de ser el caso, resolver el pedido planteado por la autoridad edil.

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