El Poder Judicial (PJ) ordenó que se anule la sentencia absolutoria por lavado de activos que se dictó en noviembre de 2023 contra los integrantes del denominado clan Sánchez Paredes. Además, ordenó un nuevo juicio.
DETALLES
Hace una semana, la Corte Suprema emitió una resolución en la que ordenó dejar sin efecto un fallo que libró a Orlando Sánchez Paredes, Segundo Manuel Sánchez Paredes, Fortunato Wilmer Sánchez Paredes, Fidel Ernesto Sánchez Alayo y Jesús Belisario Esteves Ostolaza del delito de lavado de activos en agravio del Estado.
Los integrantes de la Corte Suprema señalaron que la sentencia absolutoria tenía graves deficiencias de motivación que afectaron la argumentación de la sentencia final.
En ese sentido, indicaron que no se hizo una evaluación adecuada del material probatorio durante el juicio oral, a pesar de que se trató de un caso de alta complejidad como es el delito de lavado de activos.
Finalmente, el tribunal ordenó que se realice un nuevo juicio oral y exhortó a que se desarrolle sin prácticas dilatorias.
EL CASO
El denominado Caso Sánchez Paredes es uno de los más emblemáticos en el Perú y considerado uno de los más complejos.
La Fiscalía acusa al clan de los Sánchez Paredes de haber fundado la Compañía Minera Aurífera Santa Rosa (Comarsa) con ingresos que provenían del narcotráfico en el Perú y en México.
La investigación surgió tras el asesinato de Simón y Perciles Sánchez Paredes en 1987 y 1991. Habrían estado involucrados en tráfico ilícito de drogas. El primero fue abatido en México.





