La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, señaló que la decisión que dispuso la liberación de Daniel Urresti no supone que sea inocente en el proceso por el asesinato del periodista Hugo Bustíos. Asimismo, precisó que el TC únicamente concluyó que la condena de prisión no contaba con sustento constitucional, al haberse aplicado de manera incorrecta el derecho penal.
“En el derecho penal, para que pueda haber una sanción, una condena, tiene que haber una ley escrita, previa y que tipifica la conducta exactamente. Entonces no pueden decir que la alevosía es similar a la gran crueldad o lo que fuera. O es perfidia o es alevosía, lo que fuera. Lo que hace [el fallo] es anular la decisión de la Corte Suprema. Creo que eso es mi criterio. No lo he consultado con los demás. Nosotros no nos pronunciamos si es inocente, culpable, pero lo que queda es indudablemente la sentencia de la Corte Superior”, declaró a RPP.
Pacheco sostuvo que “no es verdadera justicia si se usa el derecho de una manera indebida”, al afirmar que el Poder Judicial aplicó una analogía para condenar a Urresti.
“O sea, había más de un elemento que nos indicaba que eso no era una decisión adecuada a los cánones constitucionales”, agregó.
“Son tres personas que cometen un asesinato. A dos le dicen que el agravante, por decir, es la alevosía, y a uno le dicen, no, para ti fue la perfidia. Una alevosía y otra perfidia. Bueno, no son lo mismo. Tienen un significado diferente. Entonces, lo que no cabe es que, por un lado, aplique un agravante de un código que no estaba vigente cuando se cometieron los hechos para uno, y a los otros le dan tipo de pena”, manifestó.
Tribunal Constitucional declara nula condena de Daniel Urresti y ordena su inmediata libertad
El Tribunal Constitucional resolvió declarar fundada en parte la demanda presentada a favor de Daniel Urresti Elera en lo referido al derecho a la legalidad penal y a la prescripción de la acción penal.
En consecuencia, declaró nula la sentencia de fecha 12 de abril de 2023, que lo condenó a doce años de pena privativa de la libertad por el delito de asesinato con la agravante de alevosía en agravio de Hugo Bustíos Saavedra, así como por tentativa en agravio de Eduardo Yeni Rojas Arce.
Asimismo, el colegiado declaró nula la resolución suprema de fecha 19 de julio de 2024 que había rechazado la nulidad contra la referida sentencia. En el mismo fallo, también se declaró improcedente el pedido presentado por la defensa mediante escrito del 30 de enero y se rechazó la demanda respecto al extremo vinculado a la nulidad de la resolución suprema del 5 de abril de 2019.
En su parte resolutiva, el Tribunal dispuso la inmediata libertad de Urresti, conforme a lo señalado en los fundamentos de la sentencia.
La decisión fue suscrita por los magistrados Pacheco Zerga, Domínguez Haro, Morales Saravia —ponente—, Gutiérrez Ticse, Ochoa Cardich y Hernández Chávez.





