Pedro Castillo junto a sus abogados Eduardo Pachas y Benji Espinoza. Foto: Presidencia
Pedro Castillo junto a sus abogados Eduardo Pachas y Benji Espinoza. Foto: Presidencia

La defensa del presidente Pedro Castillo parece haber virado de estrategia legal en su intención de anular las investigaciones en su contra que lo sindican como presunto líder de una organización criminal que se habría infiltrado al interior del aparato del Estado para cometer supuestos actos ilícitos contra la administración pública (corrupción).

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Ayer, su abogado Benji Espinoza dijo que apostará todas sus fichas a la justicia constitucional, que está, en última instancia, a manos del Tribunal Constitucional, conformado por siete magistrados y que preside el doctor Francisco Morales Saravia.

Como aprovechando la coyuntura por el mundial Catar 2022, Espinoza dijo que “el partido más importante por jugar desde el punto de vista jurídico para la defensa del presidente está hoy en la justicia constitucional (...), que va a decidir cómo se interpreta el artículo 117 (de la Constitución”.

El abogado del presidente hizo este anuncio en entrevista con Canal N, tras comentar el reciente fallo del TC que dispuso anular el proceso contra el jefe de Estado por traición a la patria, que se ventilaba en el Parlamento.

Es más, Espinoza expresó su confianza en que el máximo intérprete de la Constitución sí le dará la razón a diferencia del Poder Judicial y, como consecuencia, la denuncia constitucional que presentó la Fiscal de la Nación contra su patrocinado por los casos Puente Tarata, Anguía y Petroperú no podría avanzar en el Congreso de la República.

“Cerrada la fase de la justicia penal ordinaria, se abre la puerta de la justicia constitucional. Con la clara diferencia de que los jueces del Poder Judicial (...) pero que no es su especialdiad interpretrar la constitución: vamos a ir ahora a discutir el caso a los jueces que tienen por especialidad interpretar la constitución, los jueces constitucionales”, dijo.

Como se recuerda, la Corte Suprema -la máxima instancia del Poder Judicial- ratificó que el presidente Pedro Castillo sí puede ser investigado en funciones por presuntos delitos que no estén comprendidos en el artículo 117 de la Carta Magna, tales como corrupción.

Se trata del caso Puente Tarata, que dispuso abrir la Fiscalía de la Nación a inicios de mayor, cuando este organismo constitucionalmente autónomo estaba encabezado por el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde (interino).

La declaración de Benji Espinoza respecto a acudir a la justicia constitucional llama la atención debido a que su colega Eduardo Pachas, con quien conforma la defensa legal del mandatario, ya acudió al TC en representación de Pedro Castillo.

Es justamente Pachas quien sustentó el hábeas corpus en quincena de este mes ante los siete magistrados del TC por el caso de traición a la patria, en una recordada audiencia, sobre todo, por la cuestionada actuación del procurador del Congreso, Yuri García Cano, quien fuera luego retirado del cargo por la Mesa Directiva del Congreso.

Sin embargo, para que el anunciado recurso de Benji Espinoza en defensa de Pedro Castillo llegue al TC, primero deberá pasar por un juez constitucional de Lima, quien convocará a una audiencia para escuchar a las partes. En caso rechace este pedido, Espinoza apelará al fallo y el caso se elevará ante una sala superior especializada en la jurisdicción constitucional. Si la sala ratifica la resolución de primera instancia, como prevé el propio Benji Espinoza, el caso se discutirá en el TC.

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FALLOS. Lo cierto es que el Tribunal Constitucional ha resuelto casos que atañen a la situación legal del presidente Pedro Castillo así como conflictos que ha tenido el Ejecutivo con el Parlamento respecto a las competencias de ambos poderes del Estado.

Correo contabilizó hasta cuatro recursos legales que ha resuelto esta institución: tres casos en contra del Ejecutivo y una en contra.

En febrero de este año, el TC ratificó la constitucionalidad de la ley 31355, “ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú”.

Los entonces magistrados Ernesto Blume , Carlos Miranda Canales, José Luis Sardón, y Augusto Ferrero Costa votaron por declarar infundada la demanda presentada por el Ejecutivo, frente a los votos de Eloy Espinosa-Saldaña y Marianella Ledesma a favor del gobierno.

Según la Ley 31355, la cuestión de confianza que puede plantear un ministro de Estado o el presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a su política general de gobierno.

Precisa que no se encuentran, entre estas competencias, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso o de otros organismos del Estado.

Asimismo, el TC comunicó el último martes la emisión de dos fallos en contra de las pretensiones del gobierno de Pedro Castillo, además del caso por traición a la patria, en el que sí lo declaró fundado.

El Pleno del TC declaró, por unanimidad, improcedente la demanda de agravio constitucional presentada por Eduardo Pachas, defensa legal del presidente Castillo, que cuestionaba el accionar de la fiscal anticorrupción Norah Córdova y sus fiscales adjuntos por allanar Palacio de Gobierno en el marco del caso Petroperú, en diciembre del 2021.

Pachas también solicitaba al TC “que evite la vacancia del favorecido como presidente de la República”.

Sin embargo, la institución respondió que esta acción no forma parte “del contenido constitucionalmente protegido del hábeas corpus, que “procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos”.

Además, este organismo resolvió rechazar, también por unanimidad, el hábeas corpus presentado por el litigante Nilver López Pintado contra un grupo de congresistas como María del Carmen Alva, Lady Camones, entre otros.

El TC, en este caso, determinó que no ve inconstitucional el hecho de que el Congreso haya presentado dos mociones de vacancia contra el presidente Pedro Castillo.

Por el contrario, señaló que estas mociones -rechazadas por mayoría por el Pleno del Legislativo- son acciones que “no inciden en modo alguno” a la libertad de Pedro Castillo para ejercer como presidente.

Presidido por el magistrado Francisco Morales Saravia, el TC está conformado por los tribunos Luz Pacheco (vicepresidenta), Augusto Ferrero Costa, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo y César Ochoa Cardich.