El informe final de la denuncia constitucional contra el presidente de la República, Pedro Castillo, el que fue elaborado por el congresista delegado de este caso, Wilson Soto (Acción Popular), cuenta con 89 páginas y se recomienda su inhabilitación por cinco años para ejercer la función pública, así como denunciarlo por el delito de traición a la patria. Pero, ¿cuáles son los argumentos?

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Cabe destacar que, en los fundamentos de la denuncia se indica que - en la entrevista a CNN- el presidente se mostró a favor de entregar la salida al mar a Bolivia. “Yo no lo estoy diciendo que le voy a dar el mar para Bolivia (…) Ahora nos pondremos de acuerdo, le consultaremos al pueblo. Para eso se necesita que el pueblo se manifieste”, agregó Pedro Castillo, según lo que señala la acusación.

“De las declaraciones del presidente de la República, se desprende que tiene la intención y voluntad de preguntar a los peruanos sobre la salida al mar de Bolivia, y con ello desvincularse y no acatar lo establecido en la Constitución Política”, se indica en el documento.

Por este motivo se indica que, lo manifestado por Castillo, infringe el artículo 32 de la Constitución Política y que ha tenido la intención de “transgredir intencionalmente dicho dispositivo”.

“Es reprochable, más si quien lo manifiesta es el máximo representante de la Nación, el mismo que se encuentra obligado a cumplir y hacer cumplir la Constitución, no pudiendo retrotraerse a una situación anterior a lo manifestado, irremediablemente un acto ya ejecutado”, se acota.

Asimismo, se alega que el presidente infringió el artículo 54 de la Constitución, debido a que en un acto de manifestación pública, consciente y voluntaria ilegalmente planteó la posibilidad de reducir la integridad del territorio nacional, lo que “merece la descalificación para el ejercicio del cargo”.

También se alega que Castillo infringió los artículos 110 y 118 de la Carta Magna.

“La intención del investigado de preguntar a la población sobre la posibilidad de acceso al mar para Bolivia, está lejos de considerarse como un deseo de la Nación, las declaraciones vertidas no encarnan o transmiten las intenciones del pueblo peruano. Por lo que, actuar al margen de la norma fundamental y desconociendo el deseo de la Nación sobre la protección de nuestra soberanía territorial establecida en la norma fundamental, es pasible de sanción política”, se acota.

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Finalmente, en las conclusiones del informe se indica que el juicio político tiene por objetivo proteger al Estado de los funcionarios públicos que, con sus conductas, defraudan la confianza de la población, buscando mantener la seguridad de los ciudadanos en sus representantes. Por ello, el presidente -mediante sus declaraciones- demostró su intención de transgredir la Constitución.

“Se concluye y se recomienda: acusar por juicio político al investigado José Pedro Castillo Terrones, en su condición de presidente de la República, por infracción de los artículos 32, 54, 110, 118 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución Política del Perú; y, de acuerdo al artículo 100 de la Carta Magna, proponemos que se imponga la sanción de inhabilitación por cinco años para el ejercicio de la función pública”, se acota.

También se plantea acusar por antejuicio político a Pedro Castillo, en su condición de presidente de la República, como presunto autor del delito de traición a la patria previsto y sancionado por el artículo 325° del Código Penal; en calidad de autor y en grado de tentativa en agravio del Estado Peruano.

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