La bancada de a través de , presentó un que crea el impuesto a las grandes fortunas para personas que tengan un patrimonio mayor a 3500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), “debido a la necesidad del Estado por recaudar ingresos para acordar brechas sociales”.

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Los que deberán pagar este nuevo impuesto son las personas naturales domiciliadas en nuestro país que hayan sido identificadas con grandes fortunas y que cuenten con una residencia continua de seis meses o discontinua superior a 12 meses, tanto nacionales como extranjeros.

“Personas naturales no domiciliadas en el territorio nacional pero que poseen sus fortunas en el país” también serán los sujetos pasivos para este nuevo impuesto.

Según la iniciativa se aplica el puesto a la fortuna al titular o poseedor de aquel patrimonio de la suma del valor de bienes muebles, bienes inmuebles, activos financieros, dinero, derechos y todo bien material o inmaterial con valor económico.

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Para efectos de la recaudación será la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) la que elabore el listado de las personas naturales afectas al impuesto de acuerdo a los criterios señalados.

“No se considera afectos el impuesto a todo tipo de persona jurídica regulada en la legislación nacional”, se detalla.

¿CÓMO SERÁ EL PAGO DE ESTE IMPUESTO?

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