El Poder Judicial declaró infundada la solicitud para suspender la ejecución provisional de la sentencia condenatoria contra Martín Vizcarra, quien fue condenado a 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio, en agravio del Estado.
La decisión fue adoptada por los jueces superiores que integran la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior de Justicia Penal.
De esta manera, la resolución ratifica la condena impuesta por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, contenida en la Resolución N.° 34 del 26 de noviembre de 2025.
En dicho fallo, el tribunal ordenó que el área correspondiente del penal de Barbadillo, donde permanece recluido el exmandatario, remita informes quincenales sobre su condición y estado de salud.
Cabe precisar que la defensa del exjefe de Estado interpuso un recurso solicitando la suspensión de la ejecución de la sentencia de 14 años en su contra, pedido que quedó al voto de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional.
El tribunal debía determinar si Vizcarra aguardaría en libertad mientras la sentencia por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua quedaba firme en última instancia, o si, por el contrario, continuaría recluido en el penal de Barbadillo.
Finalmente, el Poder Judicial desestimó el pedido, ratificando la vigencia de la condena impuesta.





