El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima rechazó la medida cautelar presentada por el alcalde capitalino, Renzo Reggiardo, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
La resolución, suscrita el 1 de junio de 2026, concluyó que su solicitud no reunía los requisitos mínimos que exige la ley para conceder una protección de ese tipo.
Reggiardo había pedido al juzgado bloquear el acuerdo del JNE del 23 de abril, con el que ese organismo descartó convocar elecciones complementarias en los distritos de Lima en los que se registraron “problemas” por la demora en el arribo del material electoral el 12 de abril.
Como alternativa, pidió que el JNE no proclamara al ganador de la segunda vuelta ni entregara credenciales mientras la justicia no se pronunciara sobre las “irregularidades” denunciadas.
También solicitó ordenar a los organismos electorales detener los preparativos para los comicios del domingo, y preservar las actas, padrones y registros de las mesas afectadas en la primera vuelta.
Cronología
El amparo fue admitido el pasado 15 de mayo, luego de que Reggiardo corrigiera su demanda.
El proceso cuestiona que el JNE haya descartado elecciones complementarias pese a que, el 12 de abril, el material electoral llegó tarde a varios distritos e impidió que muchas mesas se abrieran a tiempo.
Tres días después de esa decisión, el municipio de Lima difundió un comunicado en el que aseguró que la decisión judicial “ratifica que efectivamente hubo una situación de irregularidad constitucional”.
No obstante, el propio juzgado dejó constancia, en su resolución, de que admitir la demanda no significaba darle la razón al alcalde en el fondo del asunto.





