La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional del Poder Judicial ha ratificado la decisión de primera instancia que avaló la solicitud fiscal de allanamiento, registro domiciliario y otras medidas dirigidas al Estudio Echecopar, en busca de pruebas e incautación.
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Este requerimiento se enmarca en la investigación contra la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, y otros implicados por el delito de presunta colusión, en la concesión del proyecto Línea Amarilla.
Con la mayoría de los votos el tribunal desestimó el recurso de apelación presentado por la defensa del Estudio. De esta manera, respaldó la solicitud fiscal y rechazó los argumentos del Estudio Echecopar, que alegaban falta de necesidad para el allanamiento, afectación desproporcionada al derecho al secreto profesional, insuficientes elementos de convicción y falta de motivación suficiente en el test de proporcionalidad.
En contra de la medida
Por otro lado, el voto en minoría sostiene que la resolución de primera instancia no aplicó ni explicó adecuadamente el principio de proporcionalidad para cada una de las empresas involucradas en la medida de allanamiento e incautación (Línea Amarilla S.A.C., Vinci Highways Perú S.A.C. y Estudio Echecopar). Además, argumenta que el test de proporcionalidad no es aplicable al estudio de abogados.
En ese sentido, la Fiscalía justificó la solicitud de allanamiento del Estudio Echecopar, alegando que en ese lugar se llevaron a cabo reuniones relacionadas con la transferencia de acciones de Línea Amarilla en 2016, y además, este habría rechazado las peticiones fiscales de información, argumentando el principio del secreto profesional.