El presidente Pedro Castillo afronta un proceso de denuncia constitucional en el Congreso. (Foto: GEC)
El presidente Pedro Castillo afronta un proceso de denuncia constitucional en el Congreso. (Foto: GEC)

El 8 de marzo, fecha en que el Gabinete Aníbal Torres asistió al Congreso para solicitar el voto de confianza, el presidente aprovechó también para presentar una demanda de hábeas corpus ante el Poder Judicial (PJ).

El objetivo: Declarar nula la decisión de la de admitir la denuncia en su contra por presunta, proceso que podría desencadenar su inhabilitación en el cargo.

Como se recuerda, el mandatario fue denunciado tras las declaraciones que ofreció a la cadena internacional CNN, dejando entrever la posibilidad de otorgar a una salida al mar.

“Para eso se necesita que el pueblo se manifieste. Si el Perú está de acuerdo…jamás haría que cosas que el pueblo no quiera. Yo no lo estoy diciendo que le voy a dar el mar para Bolivia (…) Ahora nos pondremos de acuerdo, le consultaremos al pueblo. Para eso se necesita que el pueblo se manifieste”, señaló en aquella oportunidad.

Así, el presidente Pedro Castillo decidió no allanarse al proceso de la denuncia constitucional en su contra que, en algún momento le pedirá sus descargos (ver infografía), por el contrario, optó por la vía judicial a fin de impedir que el proceso regular siga su curso.

ARGUMENTOS

La demanda que fue presentada mediante , abogado del presidente Castillo, está dirigida a todos los integrantes de la por -según sostiene- haber vulnerado el debido proceso, el principio de legalidad, de inaplicabilidad de la ley penal, la presunción de inocencia y la vulneración a la libertad de conciencia.

Por lo que se pide expresamente declarar nulo el acuerdo de la Subcomisión de admitir a trámite la denuncia y ordenar el archivo definitivo por “haber atentado contra el debido proceso”.

“No existió práctica de un hecho que conlleve a una entrega de soberanía propiamente dicha, por el contrario, las respuestas siempre fueron de negar tal posibilidad, como así lo demuestra la propia entrevista”, se lee en la demanda.

Además, el abogado de Castillo Terrones precisó que no podría considerarse (la salida al mar para Bolivia) como una promesa, pues no quedó de manifiesto en la entrevista.

Finalmente, cuestiona que la denuncia se fundamente en el Decreto Ley 23214 del Código de Justicia Militar de 1980, pues la misma se encuentra derogada.

Cabe precisar que la Subcomisión informó hace unos días que ese aspecto de la denuncia se corrigió, porque la secretaría técnica del grupo lo consideró como un error material.

Este es el proceso de denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo en el Congreso. (Infografía: Diario Correo-Iván Palomino)
Este es el proceso de denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo en el Congreso. (Infografía: Diario Correo-Iván Palomino)

CONSECUENCIA

La presidenta de la Subcomisión, , aseguró que el grupo de trabajo está actuando conforme al Reglamento del Congreso por lo que descartó detener el procedimiento contra el mandatario.

s, explicó.

En diálogo con RPP, la legisladora apepista también se refirió a la consecuencia que podría traer para mandatario si es que la denuncia llega a su tramo final.

“Si llega a ser aprobada por el Congreso, el presidente Castillo dejaría de ser presidente del Perú. Si es que se logra tener la mayoría de votación en el Pleno. (Estamos hablando) de una inhabilitación”, señaló.

Para que una denuncia sea aprobada en el Pleno, se requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de congresistas, sin contar la participación de los integrantes de la Comisión Permanente.

Rosío Torres, presidenta de la Subcomisión, señaló que el proceso de denuncia constitucional contra Castillo puede terminar en su inhabilitación. (Foto: Congreso)
Rosío Torres, presidenta de la Subcomisión, señaló que el proceso de denuncia constitucional contra Castillo puede terminar en su inhabilitación. (Foto: Congreso)

SUSTENTO

Es importante recordar que la denuncia constitucional contra el presidente Castillo se sustenta no solo en una supuesta comisión del delito de traición a la patria tipificado en los artículos 325º del Código Penal, sino también porque el mandatario habría incurrido en supuesta infracción de los artículos 32, 54, 110 y 118 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución.

La denuncia se sustenta en que el mandatario dejó abierta la posibilidad de someter a consulta popular una salida al mar para Bolivia, cuando la Constitución establece solo cuatro aspectos que pueden ser sometidos a referéndum.

Además, la Carta Magna es clara en establecer en el artículo 54 que “el territorio del Estado es inalienable e inviolable”.

Por otro lado, dentro de las atribuciones del presidente está el representar al Estado, “dentro y fuera de la República” (artículo 118).

Para los autores de la denuncia constitucional, Castillo Terrones ha incurrido en actitud temeraria en el ejercicio del cargo del presidente de la República; sus declaraciones comprometen las relaciones exteriores y la política exterior del Perú; su actuación pone en riesgo la integridad territorial de la Nación e incurre en delito de traición a la Patria.