Más de cincuenta familias resultaron damnificadas al sur de Lima tras las intensas lloviznas registradas en los últimos días. Este resultado, sumado a serias inundaciones en distritos como Villa El Salvador y Villa María del Triunfo, llevaron a la presidenta Keiko Fujimori a anunciar una “reestructuración” del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal). “Hay una falla de la estructura, de los equipos y la organización”, sostuvo el último lunes 17.
El anuncio hizo que la institución volviera a cobrar relevancia en medio de las emergencias por fenómenos climatológicos. No solo el desempeño de sus funcionarios está bajo escrutinio, sino también la gestión de recursos y fondos designados a sus trabajadores.
FESTÍN. Tres meses antes de lo ocurrido el último fin de semana, Sedapal estableció una nueva política remunerativa para sus trabajadores. El documento, oficializado el 18 de mayo último, registra más de siete beneficios económicos por “convención colectiva”, es decir, por acuerdo con sus sindicatos, otro grupo de 17 “beneficios no económicos” y un aumento en las remuneraciones.
Es decir, todo lo antes citado se asigna a los trabajadores además de lo ya contemplado por la ley: remuneraciones (doce al año), gratificaciones en julio y diciembre, CTS, pago por horas extra, utilidades, asignación familiar y un aguinaldo por navidad (vales).
En el grupo de los beneficios económicos figura una “gratificación vacacional”, equivalente a una remuneración mensual y otorgada a todos los trabajadores por concepto de vacaciones. A ello se suma la “asignación escolar”, destinada a quienes mantengan vínculo laboral con la empresa al 31 de enero de cada año.
Otro concepto es la “asignación por alimentos”, un beneficio remunerativo que corresponde por cada día efectivo de trabajo. Su finalidad, según la información consignada, está vinculada directamente con la labor realizada durante la jornada diaria. “El abono del concepto se realiza en forma mensual”, según se lee.
En el rubro “asignación familiar”, además del equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV) –según dicta la norma–, se otorga adicionalmente “un importe por ‘carga’, para el cónyuge, cuyo pago es mensual”. Es decir, se paga un monto extra si la pareja del trabajador ostenta una condición especial que implique un gasto.
Pero no es suficiente. La lista también contempla los “bonos por IECM (Incentivo Económico por Cumplimiento de Metas)” cada tres meses. El monto a entregarse está condicionado al cumplimiento de las metas de la empresa, del equipo y de cada trabajador, además del Plan Operativo Institucional (POI).
“Este concepto remunerativo se otorga en forma trimestral previo cumplimiento y autorización del FONAFE (Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado)”, la institución que gestiona actualmente Sedapal en coordinación con el Ministerio de Vivienda.
Luego, figura el denominado “Pago por riesgo de caja”. Este se otorga a los “trabajadores que desempeñan el puesto de cajero operativo” de forma mensual. Del lado contrario, una vez al año, se brinda la llamada “Bonificación por balance”. Este “aplica a los trabajadores que laboran en la formulación de los Estados Financieros (Gerencia de Finanzas)”.
MÁS CASOS. La política remunerativa de Sedapal también contempla un grupo de “beneficios no económicos”. Los trabajadores reciben una asignación por alumbramiento (S/1025), guardería infantil, seguro de vida, gastos de sepelio, movilidad por sepelio de trabajador fallecido, licencia por onomástico (día libre pagado), capacitación, comedores y un programa médico familiar, pero no son estos los conceptos que destacan en dicha lista.
Uno de estos involucra a los hijos de los trabajadores de la entidad. En materia de prácticas pre profesionales y profesionales, Sedapal se compromete a otorgarlas “preferentemente a los hijos de los trabajadores”, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
Sumado a ello, la planilla también puede acceder a préstamos personales, equivalentes a tres gratificaciones por cada una, por conceptos de “retorno vacacional”, “por adquisición, construcción y/o remodelación de vivienda única” y “por estudio universitario y de post grado (maestría o doctorado) del trabajador/a o hijos/as”.
AUMENTOS. La banda remunerativa que ostentaba Sedapal en el año 2022 sufrió cambios a mayo de este año, incrementándose en distintos cargos.
Los sueldos del gerente general (S/17 500), el gerente de Línea (S/15 800) y el de Jefe de Equipo (S/10 000) no presentan variaciones. De acuerdo a los datos expuestos por Sedapal, siete personas se desempeñan en el segundo puesto en la lista, mientras que otros 46 trabajan en el último puesto antes descrito.
El aumento se registra para los “especialistas”, que antes percibían S/6920 y ahora S/7290, un incremento de S/370, con 215 trabajadores en dicho puesto a mayo del 2026. Le siguen los “analistas principales”, que pasaron de una remuneración de S/5300 a S/5670, un aumento de S/370, con 223 trabajadores en dicha condición; y el grupo de “analistas/asistentes” (391) que, en promedio, pasaron de cobrar S/4300 a S/4670. Un asistente u oficinista (53), en tanto, percibe S/3896 (ver infografía).
Por otro lado, la política remunerativa de Sedapal también destaca por invocar con insistencia el cumplimiento de la Ley N° 30709 (Ley de Equidad Salarial), su reglamento y la Ley N° 28983 (Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres). Sin embargo, la planilla que consigna arroja un total de 1742 hombres (72.4%) frente a un grupo de 665 mujeres (27.6%), de un total de 2407 colaboradores.





