El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por Marco Tulio Falconí Picardo contra la Comisión Especial encargada de elegir a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y dispuso que el Defensor del Pueblo, en su calidad de presidente de dicha Comisión, proceda a juramentarlo como miembro titular de la JNJ en un plazo máximo de cinco días.
Ello, tras haberse acreditado la vulneración de su derecho a un debido proceso, pues habiéndosele nombrado como miembro titular de la JNJ y precluyendo todas las etapas, luego se dejó sin efecto tal nombramiento.
Al declarar nulos los acuerdos adoptados por la Comisión Especial emplazada, emitidos durante el proceso de selección, perjudicando al demandante en el proceso de amparo, el Tribunal dispone que el cuadro de méritos correspondiente a la elección del año 2019, debe quedar según el siguiente detalle: a) Señor Marco Tulio Falconí Picardo, quinto puesto (miembro titular) y b) Señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán, octavo puesto (miembro suplente).
La sentencia (Exp. N° 01619-2023-PA/TC) precisa que, tras prestar el juramento de ley, Marco Tulio Falconí Picardo ejercerá el cargo de miembro titular de la Junta Nacional de Justicia para lo que resta del periodo 2020-2025, de conformidad con el fundamento 63 de la sentencia; debiendo retomar Guillermo Santiago Thornberry Villarán su condición de miembro suplente de la JNJ por igual periodo.
Igualmente, señala que la presente sentencia carece de efectos retroactivos sobre los procesos y actos administrativos ya concluidos en los que el señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán haya participado en su calidad de miembro titular de la JNJ.
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