Foto: Andina.
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El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la Ley N.° 32330, que permitía procesar penalmente como adultos a adolescentes de 16 y 17 años que cometieran delitos graves.

La decisión responde a una demanda presentada por la Defensoría del Pueblo, a la que se sumaron el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras instituciones, al considerar que la norma vulnera la Constitución y estándares internacionales de protección de los derechos del niño.

La presidenta del TC, Luz Pacheco, explicó que el fallo toma en cuenta que los adolescentes siguen siendo sujetos de especial protección, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño y al ordenamiento constitucional. Si bien reconoció la gravedad de los delitos cometidos por algunos menores, precisó que estos deben ser juzgados y sancionados con criterios proporcionales a su edad y grado de responsabilidad, y no bajo el mismo tratamiento penal aplicado a los adultos.

Asimismo, Pacheco señaló que el tribunal no cuestiona que los adolescentes enfrenten procesos judiciales, sino que rechaza que se les juzgue como adultos. En ese sentido, indicó que los casos de menores de 16 y 17 años procesados bajo la ley declarada inconstitucional deberán ser revisados, reafirmando el principio de resocialización como eje del sistema de justicia juvenil.

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