El Tribunal Constitucional rechazó el recurso presentado por Ollanta Humala y Nadine Heredia, para que descarten como pruebas en el juicio que afrontar por presunto lavado de activos, las agendas de la exprimera dama, las cuales se registraron supuestos pagos con fondos ilegales en la campaña presidencia del año 2011.
Dicho fallo fue emitido el pasado 21 de noviembre, donde declaran infundada la demanda de agravio constitucional que presentaron la defensa legal de Humala y Heredia contra las decisiones judiciales y constitucionales que, entre el 2021 y 2022, rechazaron sus intentos para retirar las agencias de la exprimera dama del juicio en su contra.
Uno de sus principales argumentos, indicaron que no se podían pronunciar respecto a una supuesta ilegalidad en las pruebas cuando le corresponde realizarlo al Poder Judicial en una sentencia que aún se encuentra en trámite.
“Este Tribunal Constitucional considera que es prematuro cuestionar los medios probatorios alegados por los demandantes, porque todavía existe un proceso penal en curso, en el que se va a tramitar un juicio oral con la posibilidad de contradecir los medios probatorios admitidos”, señalan.
Asimismo, indican en su fallo que el órgano jurisdiccional será el que sustente las razones de dicha decisión y recién se podrá verificar si las agendas de Heredia fueron decisivas.
Por su lado, en sus demandas, la expareja presidencial cuestiona que utilicen las agendas pues afirman que fueron sustraídas de manera irregular, por ello piden rechazar las decisiones para admitirlas como pruebas tomadas por el juez Richard Concepción Carhuancho y posteriormente los jueces de apelaciones y del sistema constitucional, que rechazaron su pedido.
Ollanta Humala y Nadine Heredia consideran que existe una supuesta vulneración a los derechos de inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, y a la intimidad personal y familiar, así como a la prueba, entre otros.
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