El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que presentó el gobierno de Pedro Castillo en contra de la Ley 31399, que establece límites para la convocatoria de un referéndum, de acuerdo con un comunicado de dicha institución.
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De esta manera, el TC rechazó la pretensión del Ejecutivo de que se declare inconstitucional la Ley que Fortalece el Proceso de Aprobación de Leyes de Reforma Constitucional Regulado en los Artículos 40 y 44 de la Ley 26300, de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
Esta norma reafirma que toda iniciativa de reforma constitucional que se someta a referéndum debe pasar antes por el Congreso, según lo establecido en el artículo 206 de la Carta Magna.
Trascendió, que cuatro magistrados votaron en contra de las pretensiones del gobierno de Castillo.
Cabe recordar que la cuestión de confianza que presentó el -por lo menos hasta ayer- premier Aníbal Torres en el Parlamento era precisamente para derogar dicha ley.
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PONENCIA. Correo tuvo acceso al borrador de la ponencia que finalmente se aprobó, elaborada por el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse. En ella se argumentó que la norma impugnada por el Ejecutivo no vulnera la competencia de dicho poder de dirigir la política general de gobierno.
“Siendo ello así, este Tribunal entiende que, en definitiva, la ley cuestionada, si es interpretada en el sentido ya descartado por este Tribunal, afectaría de modo significativo la participación de la ciudadanía y, en ese ámbito, ello también habría podido repercutir o incidir negativamente en el ejercicio de las competencias del Poder Ejecutivo relacionadas con la promoción de dicha participación o en el robustecimiento de los canales democráticos de expresión ciudadana”, reza la ponencia.