El Tribunal Constitucional (TC) decidió mantener vigente la Ley 32107 luego de que no se alcanzaran los votos necesarios para declarar su inconstitucionalidad. Con el fallo adoptado tras las demandas presentadas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público se reafirma que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra solo pueden aplicarse a hechos ocurridos después de la entrada en vigor del Estatuto de Roma en el Perú, el 1 de julio de 2002.
La resolución fue emitida este viernes 5 de diciembre y concluyó con una votación dividida: cuatro magistrados respaldaron la constitucionalidad de la norma, mientras que tres se pronunciaron en contra.
El TC recordó que los hechos anteriores al 2002 deben regirse por el Código Penal de 1991, incluidos sus plazos de prescripción y penas aplicables. Además, advirtió que procesar casos previos a esa fecha bajo criterios posteriores vulneraría el derecho al plazo razonable y afectaría tanto a los investigados como a las víctimas en su derecho a la justicia.
Tras conocerse la decisión, el congresista Fernando Rospigliosi celebró el resultado a través de su cuenta de X, calificándolo como “un gran triunfo de la verdad, la justicia y la democracia”. Asimismo, afirmó que los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía procesados por hechos de las décadas de 1980 y 1990 “deberán salir libres y los procesos anulados”





