Por mayoría, el Tribunal Constitucional declaró fundado el recurso de hábeas corpus interpuesto a favor del expresidente Alberto Fujimori -condenado por los casos Barrios Altos y La Cantuta- por el cual logrará su libertad después de casi 13 años de estar recluido en el penal de la Diroes, en Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate.
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Según una nota de prensa del TC, los magistrados Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero votaron a favor de la ponencia del primero, quien planteaba aprobar el recurso y que se deje sin efecto la anulación del indulto humanitario, concedido por el entonces mandatario Pedro Pablo Kuczynski , el pasado 24 diciembre del 2017.
En cambio, Marianella Ledesma, Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña emitieron votos singulares al pedir que se rechace la demanda a favor de Fujimori.
Ante el empate, Ferrero Costa hizo uso del voto decisorio -como presidente del Tribunal Constitucional de acuerdo a lo establecido en el artículo del Reglamento de la institución-, con lo que el hábeas corpus fue declarada fundada.
El efecto de lo resuelto por el TC es la reposición y vigencia del indulto humanitario a favor del exmandatario. La ejecución de la libertad tiene un procedimiento, que comprende que la sentencia esté firmada por los seis magistrados del TC y se notifique al Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
Dichos trámites podrían culminar recién la próxima semana.
Al penal de la Diroes, llegaron simpatizantes y personas afines al fujimorismo, celebrando la libertad del exmandatario. También se hicieron presentes sus abogados César Nakazaki y Elio Riera Garro.
El fallo también generó el descontento de los deudos y familiares de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, quienes protestaron en los alrededores de la Plaza San Martín, en el centro de Lima.
HISTORIA. Lo primero que debemos aclarar es que este habeas corpus fue presentado por el abogado Gregorio Parco Alarcón, presidente de la Federación Nacional de Abogados del Perú, y no por César Nakazaki Servigón.
En su demanda, al que tuvo acceso Correo, Parco Alarcón cuestionaba las resoluciones emitidas por las dos instancias de la Corte Suprema, que calificó como ilegales por anular el indulto presidencial.
Expuso razones como “salud, trato inhumano, por órdenes y motivos políticos, que el beneficiario no es un peligro para la sociedad, por la avanzada edad, su salud, están sancionando a una persona de ADULTO MAYOR de (82 AÑOS), ya que no puede soportar una PRISIÓN a esta edad (sic)”. El abogado sostuvo, además, que el Poder Judicial “está siendo utilizado por fines políticos, por intereses trasnacionales, intereses que escapan a un proceso judicial”.
Incluso, Gregorio Parco señalaba que Alberto Fujimori podría cumplir el resto de su pena en su domicilio “si es posible con vigilancia”.
Con estos argumentos, Parco ingresó el hábeas corpus el 11 de noviembre del 2020 al Tribunal Constitucional. Luego, el Pleno del TC programó para el 24 de noviembre del 2021 la audiencia para analizar este recurso legal.
Sin embargo, Parco no pidió el uso de la palabra en una audiencia virtual, en la que se analizaron otras causas. La entonces presidenta del Tribunal, Marianella Ledesma, indicó que todos los casos -que pidieron uso de la palabra y los que no- iban a ser dejadas al voto.
El TC es la última instancia del sistema de justicia, como máximo intérprete de la Carta Magna. El hábeas corpus a favor de Fujimori, inicialmente, fue interpuesto en la Corte Superior de Justicia de Ica por Gregorio Parco. En dicha jurisdicción, un juzgado y una sala rechazó, en sendos fallos, el hábeas corpus fue declarado infundado el 21 de abril del 2020 y 22 de mayo del mismo año, respectivamente.
Tras ello, la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ica elevó un recurso de agravio constitucional presentado por el abogado en favor del exmandatario a fin de que el TC atienda el pedido.
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CASO. Como se recuerda, Alberto Fujimori -condenado por los casos Barrios Altos y La Cantuta- fue excarcelado en diciembre del 2017, por el indulto humanitario concedido al expresidente Pedro Pablo Kuczynski, quien justamente afronta un proceso penal por este caso. Se trata de la denominada carpeta “Mamanivídeos”, en referencia a la presunta compra de votos en el Congreso de la República para no votar por la vacancia a cambio de la gracia presidencial.
Kuczynski fue denunciado constitucionalmente por la Fiscalía de la Nación en setiembre del 2021 por los delitos de tráfico de influencias agravado y cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
FALLO. Tras la decisión de PPK al conceder el indulto humanitario a favor de Fujimori, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó revisar la legalidad de dicha gracia presidencial, al hallar una serie de irregularidades que vulneran las sentencias internacionales que emitió este tribunal por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Este fue el motivo, por el cual, en Perú, el juez Hugo Núñez anuló la resolución a favor de Fujimori. El magistrado determinó que la Junta Médica Penitencia no fue objetiva al evaluar al expresidente, ya que uno de sus integrantes lo había atendido con anterioridad.
Otro motivo del juez fue que casos como La Cantuta ha sido declarado como crimen de lesa humanidad no puede quedar impune, es imprescriptible y no pueden ser pasibles de una amnistía.
La defensa de los deudos ha señalado que concurrirá a la Corte IDH para reclamar lo dispuesto en la última instancia de la justicia peruana.
CONFORME. En diálogo con Correo, el abogado Elio Riera -defensa legal del exmandatario- mostró su conformidad respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional.
“Nos encontramos conformes con esta grata noticia. El Tribunal Constitucional ha sido respetuoso y correcto en darle mayor valor al debido proceso. El señor Fujimori es un adulto mayor, con muchas comorbilidades. Sin duda alguna, con este pronunciamiento constitucional se está haciendo justicia”, sostuvo Riera Garro.