Piden mejoras carcelarias
Piden mejoras carcelarias

La defensa legal del cabecilla terrorista del MRTA, , solicitó al Pleno del (TC) cambiar la administración del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad (CEREC), ubicado en la Base Naval del Callao, en donde purga prisión por una condena de 35 años.

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La demanda -que también comprende a los terroristas Miguel Rincón Rincón, Óscar Ramírez Durand, “Feliciano” y Eleuterio Flores Hala, alias “Artemio”- pide que el centro de reclusión sea administrado por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), en reemplazo de la Marina de Guerra del Perú.

Dicha audiencia fue realizada . Tras evaluar los argumentos del abogado y la defensa del INPE, el Tribunal Constitucional dejó al voto el pedido y debe emitir la resolución en los próximos días.

Argumentos

Ante el Pleno del TC, el abogado de Polay solicitó “dejar sin efecto” el decreto supremo Nº 024-2001-JUS -que regula el reglamenteo del CEREC sobre el régimen de vida y tratamiento para sentenciados y procesados internos en dicho penal- porque, según dijo, es causante de los agravios ocasionados a su patrocinado.

“Estamos pidiendo que se deje sin efecto dicho decreto supremo y que pase a administración del INPE, no estamos pidiendo el cambio de penal, sino que se aplique el código de Ejecución Penal para el cambio de régimen penitenciario”, dijo el abogado.

El letrado insistió en que dicho decreto supremo discrimina a los sentenciados que purgan prisión en la Base Naval durante los últimos 30 años y no les permite reinsertarse a la sociedad. “Es un régimen congelado en el tiempo”, añadió.

Pidió que se declare fundada la demanda antes de que los actuales magistrados dejen el cargo.

Como se recuerda, Augusto Ferrero es el único de los seis integrantes de la institución que no tiene mandato vencido.

Resolución del TC que admitió a trámite el hábeas corpus de Víctor Polay y otros.
Resolución del TC que admitió a trámite el hábeas corpus de Víctor Polay y otros.

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Réplica

Sin embargo, el procurador del INPE, Juan José Hilario, advirtió que la demanda original de Víctor Polay y otros comprendía la presunta vulneración de una serie de derechos en el centro penitenciario y no la anulación del decreto supremo que regula las funciones del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad (CEREC).

“En esta audiencia, la defensa técnica de los accionantes ha señalado otro petitorio para que se deje sin efecto el decreto supremo por el cual se aprueba el reglamento de funciones del CEREC”, indicó Hilario, quien pidió declarar infundada la demanda de hábeas corpus.

El procurador aseguró que los demandantes han tenido acceso a visitas de sus familiares, de acuerdo al reglamento vigente del establecimiento penitenciario.

Precisó que Polay Campos tiene una sentencia de 35 años y que vence el 3 de enero del 2026. “Su defensa no ha acreditado ninguna vulneración de derechos”, añadió.

Hábeas corpus

En marzo, reveló que la Primera Sala del Tribunal Constitucional había admitido a trámite un hábeas corpus de los citados terroristas para que revisen sus condiciones carcelarias.

Según la resolución, a la que accedió Correo, los magistrados Manuel Miranda, Carlos Ramos Núñez y José Luis Sardón, quien fue convocado como dirimente en este caso, votaron a favor para que se revise el fondo del pedido.

El magistrado Eloy Espinosa-Saldaña había votado para que la demanda sea vista en el juzgado de Ventanilla, donde se impulsó este recurso legal.

De acuerdo al documento, Miranda, Ramos y Sardón dispusieron emplazar al Comité Técnico del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval (CEREC) para que pueda realizar los descargos correspondientes, adjuntando la documentación administrativa y clínica del caso.