El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundados los recursos de apelación interpuestos por el personero legal del Partido Aprista (Apra) a las resolución que declararon improcedente la solicitud de inscripción de su lista de candidatos al Congreso fuera de plazo, por Madre de Dios, Cusco, San Martín, Tumbes, La Libertad, Lima Provincias y Huánuco.
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Cada una de las resoluciones emitidas por el ente electoral, confirma las decisiones de los Jurados Electorales Especiales correspondientes en el marco de las Elecciones Generales 2021.
Entre los argumentos que se presentan para denegar este pedido, está que se advierte que lo que se pretende es que se “conceda un plazo adicional” a fin de “materializar” la inscripción. Sin embargo, el JNE destaca que deben velar por el cumplimiento de los plazos del cronograma electoral.
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“El JNE dentro de los parámetros establecidos por la Constitución Política del Perú y velando por el respeto de los derechos fundamentales, debe adoptar las medidas que resulten necesarias para cumplir con los plazos establecidos en el cronograma electoral, a fin de garantizar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos”, indica la resolución de Lima Provincias.
Como se recuerda, el JNE -con el voto dirimente de su presidente Jorge Luis Salas- rechazó los pedidos que envió el Partido Aprista para que se le permita inscribir las listas de candidatos al Congreso fuera de plazos. Así se confirmó en última instancia que no tendrían postulantes para el Legislativo más que en Arequipa, Junín y peruanos en el extranjero.
Al conocer esta decisión, la Comisión Política de la agrupación decidió retirar la fórmula presidencial encabezada por la excongresista Nidia Vílchez, optando por no continuar en la carrera electoral del 2021, así como las listas parlamentarias que se habían inscrito.