Labor minera en Arequipa. Foto: difusión.
Labor minera en Arequipa. Foto: difusión.

Un informe elaborado por El Comercio puso en evidencia un presunto conflicto de intereses en 59 alcaldes en el país, quienes cuenta con inscripciones activas en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y se encuentran dedicadas a la actividad minera informal; de estas autoridades ediles, dos cuentan con Reinfo activo, en tanto otros dos tienen inscripciones suspendidas en la provincia de Caravelí, en la región Arequipa.

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En el caso del alcalde distrital de Cháparra, Marcos Laura Dávalos, cuenta con 5 derechos mineros a su nombre, 2 de ellos ubicados en Cháparra, 1 en Cahuacho y 2 en Quicacha, de estos últimos, uno se encuentra activo, el derecho minero CR & RV 3.

Sobre este derecho minero con código único “010097820″, el 1 de diciembre del 2023, la Subgerencia de Calidad Ambiental, de la Gerencia Regional Ambiental (ex ARMA), aceptó el desistimiento de evaluación del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización Minera (Igafon), uno de los requisitos para acceder por completo a la formalización minera.

Cabe señalar que, aunque la Ley General de Minería, en su artículo 32 establece que las autoridades políticas (como los alcaldes) no pueden ejercer actividades mineras en su jurisdicción, también en su artículo 34 se señala que esta prohibición no incluye aquellos derechos obtenidos con anterioridad a la elección.

En igual situación se encuentra el alcalde distrital de Huanuhuanu, Thomas Chancolla Chata, quien cuenta con 2 derechos mineros vigentes, ambos ubicados en su jurisdicción, una de ellas La Capitana N° 2. Debido a los procesos a los que deben ser sometidos en el proceso de formalización, y por los deberes del cargo que ostentan, las autoridades ediles estarían en un posible conflicto de intereses.

De igual forma, los alcaldes distritales de Atiquipa, Luis Alva Mendoza, y Quicacha, Alexander Gutierres de la Cruz, cuentan con derechos mineros suspendidos en Huanuhuanu y Cháparra respectivamente. En el caso del derecho minero Pelicano III, ubicado en HuanuHuanu, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) declaró la caducidad del derecho minero por el no pago oportuno en los años 2022-2023.

Al respecto, el gerente regional de Energía y Minas, Iván Prado, refirió que la competencia en la administración del Reinfo es de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas (Minem), según el artículo 4 del Decreto Supremo 018-2027-EM, que establece la simplificación de requisitos y obtención e incentivos económicos en el marco de la formalización minera, además de indicar que la inscripción del Reinfo es bajo responsabilidad del Minem y de la Sunat.

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