Los ciudadanos deben tener su carne para ingresar a los establecimientos. (Foto: Archivo GEC)
Los ciudadanos deben tener su carne para ingresar a los establecimientos. (Foto: Archivo GEC)

La Gerencia Regional de Salud (Geresa)  quiere adelantar el uso del carné de vacunación como requisito indispensable para que las personas puedan realizar sus actividades en espacios de gran concentración, así como en locales cerrados y a través del Comando COVID ha solicitado a los municipios ejercer la fiscalización.

El 14 de noviembre, el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N° 168-2021-PCM, en el Diario Oficial El Peruano mediante el cual se establecen las nuevas medidas que regirán desde el 15 de diciembre para los mayores de 18 años.

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Interpretación de la norma

Si bien la norma establece que las personas deberán mostrar el documento físico o virtual para demostrar que están protegidos con las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, el gerente regional de Salud Christian Nova Palomino, considera que la disposición puede aplicarse con la sola publicación del Decreto. “La norma está dicha y la vamos a aplicar lo antes posible”, dijo Nova Palomino.

Por ello, ha pedido a las municipalidades que durante la semana que viene se realicen acciones de socialización para el respeto de los aforos y uso del carné de vacunación en las instituciones públicas y privadas, mercados, centros comerciales y otros lugares de gran concentración que estén bajo su jurisdicción para que inmediatamente después, rija las restricciones de acceso.

Agregó que la supervisión de su cumplimiento estará a cargo del comité de control, vigilancia y cumplimiento de aforos y normas de bioseguridad de comando COVID que integra las Municipalidades, Geresa, Policía y Fiscalía de Prevención del Delito.

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Nivel de alerta moderada

Arequipa se encuentra en un nivel de alerta moderada por lo que se considera que en los espacios cerrados como centros comerciales, tiendas, cines, bancos, iglesias bibliotecas, clubes, locales de eventos y restaurantes y afines el aforo no debe superar el 80%.

La norma específica que quienes ingresen a los locales de comida solo se podrán quitar las mascarillas para ingerir los alimentos.

Para el caso de casinos y tragamonedas el 50%, peluquerías, barberías, spa, baños turcos y gimnasios el 60% y en los coliseos el aforo solo debe llegar al 40%.

“La fiscalización tiene que ser progresiva, primero veremos los aforos y luego el uso del carné de vacunación”, agregó el funcionario de Salud.

El D.S. también establece que en las empresas que tengan más de diez empleados, los no vacunados no podrán trabajar. Conductores de transporte público y cobradores, así como repartidores de delivery tampoco podrán hacerlo si no cuentan con el documento que certifique inmunización.