E l Decreto Supremo nº 179-2021-PCM dispuso que los ciudadanos no podrán realizar reuniones familiares durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo. Esta medida se estableció para evitar la propagación del coronavirus y el inicio de una tercera ola. La medida fue publicada en el diario El Peruano y establece una serie de nuevas disposiciones que deberán cumplir los ciudadanos durante estas fechas festivas, entre ellas, nuevos aforos que se han establecido para los establecimientos comerciales.
Como principal restricción la normativa señala que se encuentra prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro niveles de alerta. Esta disposición tendrá que ser cumplida el sábado 25 de diciembre del 2021 y el sábado 1 de enero del 2022.
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Toque de queda o inmovilización
Además durante estos dos días, el Estado ha decido modificar el horario de toque de queda o inmovilización social obligatoria será de 01 de mañana hasta las 04 de la mañana, mientras que el resto de los días la región Junín (excepción de Concepción) continuará respetando el toque de queda de dos de la mañana hasta las cuatro de la mañana por encontrarse en nivel moderado de contagio.
Al respecto el gerente de Promoción Económica y Turismo de Huancayo, Hugo Bustamante, señaló que debido a esta nueva medida, todos los comercios deberán funcionar como máximo hasta las doce de la noche los días 25 de diciembre y 1 de enero del 2022. “Esta medida también se aplica para los comerciantes que se encontrarán ubicados en la feria navideña que se desarrollará en la calle Real, como máximo podrán vender hasta las doce “, señaló.
Aforos desde el 40% a 80%
Este decreto también establece los aforos para los establecimientos. Las ocho provincias de Junín, que se encuentran en nivel moderado de contagio podrán permitir el ingreso a centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas, farmacias, cines, artes escénicas, bancos, entidades financieras, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte; con un aforo del 80%.
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Mientras que los spa, baños turcos, sauna, baños termales, peluquería, barbería y gimnasios; con un aforo del 60%. Los casino podrán atender con un aforo del 50% y los coliseos con un aforo del 40%.
En el caso de los restaurantes se podrá permitir con un aforo del 100% en espacios libres y para aquellos que cuenten con espacios de más de 200 metros cuadrados en zonas internas.
Mientras que los que cuenten con espacios con menos de 200 metros cuadrados en zonas internas, el aforo será del 80%.