El JNE publicó la resolución n.° 2666-2022 con la que oficializa su decisión de dejar fuera de carrera electoral al candidato a la municipalidad de Huánuco, Jesús Giles/ Foto: Correo
El JNE publicó la resolución n.° 2666-2022 con la que oficializa su decisión de dejar fuera de carrera electoral al candidato a la municipalidad de Huánuco, Jesús Giles/ Foto: Correo

El JNE publicó la resolución n.° 2666-2022 con la que oficializa su decisión por mayoría de declarar fundada la tacha contra el candidato que postula a la alcaldía de la Municipalidad Provincial de por el movimiento político regional Huánuco Primero (HUAPRI), Jesús “Koko” Giles Alipázaga.

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“RESUELVE, POR MAYORIA 1. Declarar FUNDADO el recurso de apelación presentado por don Guillermo Antonio González Tello; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución N.° 00589-2022-JEEHNCO/JNE, del 13 de julio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, que declaró infundada la tacha interpuesta en contra de don Jesús Giles Alipazaga, candidato a alcalde para la Municipalidad Provincial de Huánuco, departamento de Huánuco, por la organización política Movimiento Independiente Regional Huánuco Primero; y, REFORMÁNDOLA declarar FUNDADA la citada tacha deducida en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución N.° 0929-2021-JNE (SIC)”, publicó el en la resolución n.° 2666-2022.

Por no consignar en su hoja de vida sentencias por alimentos en su contra, Jesús Giles queda fuera de la carrera electoral 2022.

Como se sabe, El 5 de julio de 2022, Guillermo Antonio González Tello presentó ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco un escrito de tacha en contra Giles Alipázaga, alegando que en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) omitió declarar dos procesos civiles: el expediente n.° 2468-2007 del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, en materia de alimento, por el cual fue sentenciado; a su vez, el expediente del año 91 del Segundo Juzgado de Familia – Lima, en materia de alimentos y filiación, con sentencia fundada. Asimismo, tampoco dio cuenta de un proceso penal con expediente n.° 4760-95, en el 36 Juzgado Penal de Lima, por el delito de omisión a la , que se encuentra archivado.

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