Desde la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Ica se advirtió que el regidor Epifanio Quispe habría incurrido en el presunto delito de usurpación de funciones al convocar y notificar a sus colegas a una sesión de concejo que, según la normativa vigente, no le correspondía realizar.
Extralimitación funcional
De acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades N.° 27972, el único funcionario con atribuciones ejecutivas dentro del concejo municipal es el alcalde, siempre que no se encuentre suspendido, vacado o ausente del país. En ese sentido, cualquier convocatoria a sesiones ordinarias o extraordinarias debe emanar exclusivamente de la alcaldía, a través de la Secretaría General.
El secretario general Wilfredo Aquije explicó que su despacho es un órgano de apoyo que actúa únicamente por disposición expresa del alcalde. Precisó que, si existía un pedido formal para abordar el proceso de vacancia, el primer regidor debió canalizarlo ante la máxima autoridad edil y no asumir competencias administrativas que no le corresponden.
Asimismo, Aquije confirmó que el regidor Quispe cursó notificaciones individuales a los 13 regidores, además de remitir una carta notarial a la Secretaría General, actos que, según indicó, carecen de validez legal al haberse realizado mientras el alcalde provincial continúa en funciones. Añadió que estas acciones podrían acarrear responsabilidades administrativas e incluso penales.
El funcionario sostuvo que otros miembros del concejo sí acudieron a la Secretaría General para recibir orientación legal sobre el procedimiento correcto, recibiendo la misma explicación respecto a los alcances de la normativa. Por esta razón, la sesión convocada por el primer regidor no se concretó, al no contar con sustento jurídico.
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