El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de Ica dictó nueve meses de prisión preventiva contra Pedro Valeriano Suárez Quispe (62), investigado por la presunta , en la modalidad de promoción o favorecimiento al mediante posesión con fines de tráfico. La medida fue dispuesta por la magistrada Ángela Carolina García Vivanco y deberá cumplirse hasta mayo de 2027.

Droga incautada

La investigación se inició tras una intervención realizada el 19 de agosto de 2026 por personal del Área Antidrogas (AREANDRO) de la Policía Nacional en el caserío San Isidro de Curis, distrito de Yauca del Rosario, provincia de Ica. Según los actuados, los agentes habían recibido información relacionada con una presunta comercialización de cannabis sativa en este sector, por lo que desplegaron acciones operativas para verificar el caso.

Durante la intervención, y con autorización del investigado, los efectivos ingresaron al inmueble donde presuntamente encontraron un costal con material vegetal seco con características similares a marihuana, además de diferentes recipientes y una bolsa que contenían semillas. Los elementos hallados fueron incautados y posteriormente puestos a disposición de las autoridades para las diligencias correspondientes.

De acuerdo con la información incorporada al proceso, en el inmueble se habría encontrado aproximadamente 2 kilos 600 gramos de material vegetal, además de tres cantidades de semillas que registraron 373, 209 y 155 gramos, respectivamente. Las muestras fueron sometidas a una prueba de campo utilizando el reactivo químico Duquenois, cuyo resultado presentó una coloración compatible con cannabis sativa.

Estos elementos fueron considerados por el Ministerio Público al momento de sustentar su requerimiento de prisión preventiva contra Suárez Quispe. Tras evaluar lo expuesto durante la audiencia, el Juzgado de Flagrancia de Ica declaró procedente la medida coercitiva por un periodo de nueve meses, mientras continúan las investigaciones destinadas a determinar la responsabilidad penal del intervenido.

El delito atribuido se encuentra contemplado en el primer párrafo del artículo 296 del Código Penal, referido a la promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. El investigado permanece procesado por presunta posesión con fines de tráfico en agravio del Estado peruano, por lo que la imposición de prisión preventiva no constituye todavía una sentencia ni determina su culpabilidad.

El plazo establecido por el Poder Judicial se computa desde el 19 de agosto de 2026 y culminará el 18 de mayo de 2027. Durante este periodo continuará la investigación y las diligencias correspondientes para esclarecer la procedencia y finalidad del material incautado, mientras Pedro Valeriano Suárez Quispe permanecerá bajo prisión preventiva por disposición judicial.

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